REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA





EN SU NOMBRE: EL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO COJEDES.-

San Carlos, 23 de Noviembre de 2.009
199º y 150º

SOLICITANTE: MARIA CRISANTA PEÑALOZA DE REYES, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.748.675.-

ABOGADO ASISTENTE: RAMON M. VARGAS R., Inpreabogado N° 61.521
MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
EXPEDIENTE: 9.518

-I-
SINTESIS

En fecha seis (06) de Febrero de mil novecientos noventa y siete (1.997), fue presentado escrito constante de un (01) folio útil, mediante la ciudadana MARIA CRISANTA PEÑALOZA DE REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.042.916, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio RAMON M. VARGAS R., debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.521, solicitó la Rectificación de la Partida de Nacimiento de su hijo JESUS RAFAEL REYES PEÑALOZA.
Posteriormente por auto de fecha trece (13) de Febrero de mil novecientos noventa y siete (1.997), este Juzgado ordenó corregir el asiento del Acta de Partida de Nacimiento del Niño JESUS RAFAEL REYES PEÑALOZA; todo a tenor de lo dispuesto en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha once (11) de Noviembre de 2.009, quien suscribe con el carácter de Juez Provisorio de este Tribunal, se abocó al conocimiento de la causa.

-II-
En virtud de que en autos se desprende que la solicitud no contenciosa contenida en este expediente, relativa a la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, fue acordada por auto de fecha trece (13) de Febrero de mil novecientos noventa y siete (1.997), este Tribunal da por terminado el procedimiento y ordena el archivo del expediente.-
Publíquese, Regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para ser agregada al libro respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, en San Carlos, a los VEINTITRES (23) días del mes de Noviembre del año dos mil nueve (2.009). Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.


El Juez Provisorio,
Abg. LUIS ERNESTO GÓMEZ SÁEZ.

La Secretaria,
Abg. HILDA M. CASTELLANOS M.


En la misma fecha, siendo las tres y treinta minutos de la tarde (03:30 p.m.), se publicó la anterior sentencia.



La Secretaria,
Abg. HILDA M. CASTELLANOS M.-









Exp. Nº 9.518
LEGS/Misledy.-