REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE: EL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO COJEDES.-
San Carlos, 19 de noviembre de 2.009
199º y 150º
SOLICITANTE: PROCURADOR SEGUNDO DE MENORES DEL ESTADO COJEDES.
REPRESENTANTE: ANDRES BARRIOS MAZA
MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA MENOR: EDITH JHOANA MUÑOZ CUERVA.
EXPEDIENTE: N° 9.652.-
-I-
SINTESIS
En fecha treinta (30) de abril de mil novecientos noventa y siete (1.997), fue presentado por ante el Juzgado Distribuidor de causas, escrito constante de dos (02) folios útiles, por el ciudadano PROCURADOR SEGUNDO DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES Abogado ANDRES BARRIOS MAZA, en el cual solicitó la RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA MENOR EDITH JHOANA MUÑOZ CUERVA.-
Por auto de fecha catorce (14) de mayo de mil novecientos noventa y siete (1997), el Tribunal de conformidad con el articulo 773 del Codigo de Procedimiento Civil, ordeno corregir el asiento que aparece inserto bajo el Nº 91, folio 58, del Acta de Nacimiento de la menor EDITH JHOANA MUÑOZ CUERVA, en el sentido de que se enmiende el error señalado en el escrito solicitud.
Se deja constancia mediante nota de secretaría de fecha veintiuno (21) de mayo de mil novecientos noventa y siete (1.997), de la remisión al Prefecto y Registro Principal del Estado Cojedes, de los oficios N° 305 y 306, respectivamente.-
En fecha nueve (09) de noviembre de dos mil nueve (2009), quien suscribe con el carácter de Juez Provisorio de este Tribunal, se abocó al conocimiento de la causa.-
En virtud de lo antes expuesto, cumplida como ha sido la solicitud contenida en estos autos, el Tribunal da por terminado el procedimiento no contencioso y ordena el archivo del expediente.-
Publíquese, Regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para ser agregada al libro respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, en San Carlos, a los diecinueve (19) días del mes de noviembre del año dos mil nueve (2009). Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
El Juez Provisorio,
Abog. LUIS ERNESTO GÓMEZ SÁEZ.
La Secretaria,
Abog. HILDA M. CASTELLANOS M.
En la misma fecha, siendo la una y cincuenta (01:50 p.m.,) de la mañana, se publicó la anterior sentencia.
La Secretaria,
Abog. HILDA M. CASTELLANOS M.-
Exp. Nº 9652.-
LEGS/Elio.-
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