REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE: EL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO COJEDES.-
San Carlos, 16 de noviembre de 2.009
199º y 150º
SOLICITANTE: PROCURADOR SEGUNDO DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, en representación de la menor ELBA DENIRE RUMBO OBISPO
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
EXPEDIENTE: 10.262
-I-
SINTESIS
En fecha doce (12) de enero de mil novecientos noventa y nueve (1.999), fue presentado escrito constante de dos (02) folios útiles y cuatro (04) anexos, mediante el cual el Procurador Segundo de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en representación de la menor ELBA DENIRE RUMBO OBISPO, solicitó la Rectificación de la Partida de Nacimiento de la menciona menor.
Posteriormente por auto de fecha veinticinco (25) de enero de mil novecientos noventa y nueve (1.999), este Juzgado ordenó la Rectificación de la Partida de Nacimiento de la menor ELBA DENIRE RUMBO OBISPO, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil.-
En fecha nueve (09) de noviembre de 2.009, quien suscribe con el carácter de Juez Provisorio de este Tribunal, se abocó al conocimiento de la causa.
-II-
En virtud de que en autos se desprende que la solicitud no contenciosa contenida en este expediente, relativa a la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de la menor ELBA DENIRE RUMBO OBISPO, fue ordenada por auto de fecha veinticinco (25) de enero de mil novecientos noventa y nueve (1.999), este Tribunal da por terminado el procedimiento y ordena el archivo del expediente.-
Publíquese, Regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para ser agregada al libro respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, en San Carlos, a los DIECISEIS (16) días del mes de noviembre del año dos mil nueve (2.009). Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
El Juez Provisorio,
Abg. LUIS ERNESTO GÓMEZ SÁEZ.
La Secretaria,
Abg. HILDA M. CASTELLANOS M.
En la misma fecha, siendo las once y treinta horas de la mañana (11:30 a.m.), se publicó la anterior sentencia.
La Secretaria,
Abg. HILDA M. CASTELLANOS M.-
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