REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Treinta y uno de marzo de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO: HP11-J-2009-000078
SOLICITANTES: MARIA JOSEFINA ORTEGA BAUDIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.112.236 y BLAISLIN DAYANA QUINTERO FARFAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.137.535.
DESCENDIENTE: (Se omite nombre).
ASUNTO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: DEFINITIVA

Siendo la oportunidad legal para decidir la presente solicitud es necesario hacer las siguientes consideraciones:
Comparecieron por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, las ciudadanas Maria Josefina Ortega Baudin y Blaislin Dayana Quintero Farfán, actuando en nombre propio y en representación legal del niño (Se omite nombre), acompañadas por el Abogado Juan Alberto Ramos Ferrer, en su condición de Defensor Público Especializado en materia de Protección quienes solicitan se declaren suficientes las probanzas evacuadas para acreditar la cualidad que tienen de Únicos y Universales Herederos, del Cujus Blaisse Gunther Quintero Zarate, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.114.055.
Ahora bien, analizadas como han sido las declaraciones de los ciudadanos Raiselys Josefina Mosqueda Meléndez y Carmen Cristina Escobar Hernández, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 15.674.970 y 14.413.588, se observa que las mismas son contestes ante el interrogatorio formulado por la parte solicitante, para dar por demostrada la cualidad que tienen el niño (Se omite nombre) y las ciudadanas Maria Josefina Ortega Baudin y Blaislin Dayana Quintero Farfan, de Únicos y Universales Herederos del causante, quien en vida respondiera al nombre de Blaisse Gunther Quintero Zarate; es por lo que, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, obrando de conformidad con, el artículo 177, parágrafo segundo, literal “k” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los artículos 822 y 823 del Código Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar Bastantes las probanzas evacuadas, para acreditar a favor del niño (Se omite nombre), y las ciudadanas Maria Josefina Ortega Baudin y Blaislin Dayana Quintero Farfan, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad N° V.- 14.112.236 y 21.137.535, la cualidad que tienen de Únicos y Universales Herederos del causante quien en vida respondiera al nombre de Blaisse Gunther Quintero Zarate, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.114.055, con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de los bienes del fallecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los documentos originales a los fines de ley y déjese en su lugar copia certificada de los mismos.
Publíquese, Regístrese y Ejecútese.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos a los treinta y uno (31) días del mes de marzo de dos mil nueve (2009). Años 198° de la Independencia y 150º de la Federación.
La Jueza

Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria

Abg. Elys Fernández

La Secretaria del Tribunal, Abg. Elys Fernández, deja constancia que el anterior fallo fue publicado, consignado y agregado a las actas el día de hoy 31/03/2009 siendo las 12:33 del mediodía.
La Secretaria

Abg. Elys Fernández