REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Treinta de marzo de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO: HH11-V-1998-000034

ACTA
En horas de Despacho del día de hoy, lunes 30 de Marzo de 2.009, siendo la oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar la audiencia especial a los fines de oír a la ciudadana Iraima Xiomara Díaz Verastegui, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 10.989.597, en el presente asunto por el motivo de Obligación de Manutención, a favor de la adolescente (Se omite nombre), estando presentes la Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno, Jueza de Primera Instancia, la Abg. Elys Fernández, Secretaria. En este estado se le concede el derecho de palabra a la ciudadana antes mencionada, quien expone: “Solicito al Tribunal se sirva hacerme entrega de la totalidad de los haberes que fueron remitidos a este órgano jurisdiccional por concepto de prestaciones sociales y que es la cuota que le corresponde a mi hija (Se omite nombre), es todo.”. Oída la exposición de la ciudadana Iraima Xiomara Díaz Verastegui, quien es este acto actúa en nombre y representación de la adolescente (Se omite nombre), se evidencia que efectivamente la representante legal de la adolescente de autos, es la ciudadana Iraima Xiomara Díaz Verastegui, según se desprende de la copia simple del acta de nacimiento que riela al folio 3, por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 348 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Ordena la entrega de la totalidad de los haberes existentes en el presente asunto a la ciudadana Iraima Xiomara Díaz Verastegui. Ofíciese lo conducente a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito. Líbrese el oficio respectivo. Cúmplase lo ordenado. Remítase el presente asunto al archivo judicial. Líbrese el oficio respectivo. Es todo, se leyó y conformes forman.”.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno

La Compareciente
Iraima X. Díaz Verastegui

La Secretaria
Abg. Elys Fernández