REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Veintitrés de marzo de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO: HP11-V-2009-000018
ACTA
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, lunes veintitrés (23) de marzo de dos mil nueve, siendo las dos y media de la tarde (02:30 p.m.), oportunidad fijada para llevarse a efecto con carácter privado la audiencia preliminar en su fase de mediación, tal como lo prevé el artículo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento de contencioso de Régimen de Convivencia Familiar de conformidad con lo establecido en el articulo 387 ejusdem de la Ley; se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia los ciudadanos Ana Maria Matute López y Javier Velasco Moreno, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 15.628.044 y 24.246.548, en su condición de demandante. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno y como secretaria Abg. Elys M. Fernández. Se declara abierta la audiencia, siendo las 2:30 p.m, y se le concede el derecho de palabra al ciudadano Javier Velasco Moreno quien manifestó “Propongo compartir con mi hijo desde el día viernes desde las dos y media de la tarde, (02:30 p.m.), debiendo la progenitora se trasladará con el niño al lugar de trabajo del progenitor, en la calle Federación, por detrás del banco Banesco, comprometiéndose a retornarlo el día domingo entre las cinco (05:00 p.m.) y seis de la tarde (06:00 p.m.), al lugar donde reside con la progenitora, específicamente en el Municipio Tinaco del estado Cojedes. Asimismo, el progenitor se compromete a costear los gastos relacionado al traslado del niño; En relación a Semana Santa, el niño compartirá con el progenitor desde el lunes hasta el día miércoles a las seis de la tarde (06:00 p.m.); En lo referente al mes de diciembre el día 24 de diciembre del presente año, compartirá con el padre y el día 31 con la progenitora, alternando cada año; Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana Ana Maria Matute López, quien manifestó: “Estoy de acuerdo con todo lo planteado por el ciudadano Javier Velasco Moreno, es todo”. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos Ana Maria Matute López y Javier Velasco Moreno, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten al niño (Se omite nombre), en consecuencia, se pone fin al presente procedimiento por Régimen de Convivencia Familiar de conformidad con lo establecido en el articulo 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Concluyo el presente acto a la una de la tarde. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza

Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno

Comparecientes:

Ana Maria Matute López


Javier Velasco Moreno

La Secretaria

Abg. Elys M. Fernández