REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial estado Cojedes.
San Carlos, veinticinco (25) de junio del año 2009.
199º y 150º
N° DE EXPEDIENTE: HP01-L-2009-000086.
PARTE DEMANDANTE: ELIAS JOSE TORO (No asistió)
ABOGADA DE LA PARTE DEMANDADNTE: Abg. MIRELLA PEROZA. (No constituyó)
PARTE DEMANDADA: CONSORCIO INMOBILIARIO CEDEÑO MENDEZ.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy 25 de junio del año 2009, siendo las 11:00 am, se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, presidido por la ciudadana Juez, Abg. Yrene Pernalete Mendoza con la asistencia de la ciudadana Secretaria, con el objetivo de dar inicio a la celebración de la AUDIENCIA PRELIMINAR fijada para el día de hoy en el presente asunto N° HP01-L-2009-000086. Seguidamente el ciudadano Alguacil adscrito a este Circuito Judicial del Trabajo, le manifestó a esta Juzgadora que al momento de anunciar la audiencia, no se encontraba presente el accionante, ni por si, ni por medio de representante judicial, circunstancia que fue verificada por esta Sentenciadora. Una vez en la Sala de Mediación, esta Juzgadora procedió a la aplicación del artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal, por lo tanto en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara en DESISTIMIENTO del Procedimiento en el presente Juicio. ASI SE DECIDE. En San Carlos, a los 25 días del mes de junio del año 2009. Publíquese y déjese copia de la presente decisión para ser agregada al respectivo copiador.
La Juez
Abg. Yrene Pernalete Mendoza.
La Secretaria.
Abg. Leticia Hernández.
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