REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, veintiocho de julio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: HH11-S-2002-000111

SOLICITANTE: Yady Coromoto Pinto Sarmiento, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.986.735
DESCENDIENTE: Maikol Yhackson Luís Ramón Gómez Pinto, de dieciocho (18) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.722.523
MOTIVO: Autorización Judicial
SENTENCIA: DEFINITIVA


De la revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman la presente solicitud de Autorización Judicial, presentada por parte de la ciudadana Yady Coromoto Pinto Sarmiento, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.986.735, en beneficio del joven adulto ciudadano Maikol Yhackson Luís Ramón Gómez Pinto, de dieciocho (18) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.722.523, se evidencia que mediante diligencia de fecha 16 de julio de 2009, el joven adulto plenamente identificado en autos, “Solicito la entrega de la totalidad del dinero existente en la cuenta de ahorros Nº 0007-0065-73-0010013451, que mantiene este Tribunal en el Banco de Fomento Regional Los Andes (BANFOANDES).” Es todo.
Ahora bien, para decidir esta sentenciadora estima hacer las siguientes consideraciones:
Consta de la copia certificada del acta de nacimiento correspondiente al año mil novecientos noventa y uno (1.991), expedida por el Prefecto del Municipio San Carlos del estado Cojedes, la cual corre inserta al folio diez (10) de la cual se constata que el ciudadano Maikol Yhackson Luís Ramón Gómez Pinto, ya tiene mayoría de edad; en tal sentido, se autoriza suficientemente al joven adulto, en su condición de beneficiario, para que retire la totalidad del dinero existente en la cuenta de ahorros Nº 0007-0065-73-0010013451, que mantiene este Tribunal en el Banco de Fomento Regional Los Andes y así quedará establecido en la parte dispositiva del presente fallo y así se decide.
En virtud de las consideraciones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Autoriza Suficientemente al ciudadano Maikol Yhackson Luís Ramón Gómez Pinto, de dieciocho (18) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.722.523, en su condición de beneficiario, para que retire la totalidad del dinero existente en la cuenta de ahorros Nº 0007-0065-73-0010013451, que mantiene este Tribunal en el Banco de Fomento Regional Los Andes. En consecuencia, se declara extinguido el presente procedimiento y remítase al archivo Judicial Regional. Ofíciese lo conducente a la Oficina de Control de Consignaciones adscrita a este Circuito Judicial. Líbrese el oficio respectivo. Notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Publíquese y Regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a los veintiocho (28) días del mes de Julio de dos mil nueve (2009). Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
La Jueza

Abg. Yolimar Márquez Avendaño

La Secretaria

Abg. Elys Fernández





En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No.PJ00620090000552.



La Secretaria: ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬________________.