REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, veintiuno de julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: HP11-V-2008-000093
DEMANDANTE (S): Consejo de Protección del Municipio San Carlos
DEMANDADO: Henry Montesinos
MOTIVO: Colocación Familiar
En horas de despacho del día de hoy martes 21 de julio del 2.009, siendo el día y hora fijada por este tribunal a los fines de oír a las partes en el presente asunto de Colocación Familiar que sigue ante este tribunal signado bajo el Nº HP11-V-2008-000210. Se constituye el Tribunal con la presencia de la Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, presidida por la jueza Abg. Yolimar Márquez Avendaño, la Secretaria Abg. Elys M. Fernández, se deja constancia de la presencia del Fiscal Auxiliar del Ministerio Abg. Nancy Becerra; se anuncio el acto a las puertas del tribunal haciendo acto de presencia el ciudadano Henry Montesinos, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.531.339 y el adolescente SE OMITE NOMBRE. En este estado se le concede el derecho de palabra al adolescente SE OMITE NOMBRE, quien expone: “no voy a salir de vacaciones, con mi papá estoy haciendo un curso, los fines de semana voy a casa de mi papá, nosotros vivíamos en un ranchito y se estaba cayendo no podíamos vivir ahí, estaba con mi abuela y cuando se pone brava empieza a correr a uno, los tres vivimos ahí, mi hermano, mi papá y yo, voy a cumplir 15 años, ya tenemos la comida, todo esta bien en la entidad, estoy haciendo un curso en el INCE de lunes a viernes de 9 a 12 de la mañana, yo no quiero vivir con mi abuela, yo quiero estar con mi papá pero en esas condiciones no, en valencia es que tengo toda mi familia, solicito que ayuden a mi papá, para la compra de unos materiales, yo a veces me voy a una fiesta y llego como a la una de la mañana, yo salgo con unos amigos, ellos tienen mala conducta, una sola vez tome, que mi papa me busque cada quince días y me comprometo a portarme bien, no voy a seguir saliendo con los muchachos y voy a llegar a la hora que diga mi papá, (diez de la noche)”. Es todo. En este estado se le concede el derecho de palabra al ciudadano Henry Montesinos en su condición de padre biológico del adolescente, quien expone: “me esta preocupando bastante, me mandaron a buscar para hablar con él, se va quiere andar con ese muchacho, esta tomando, ese muchacho tiene una conducta terrible, Anthony es de allá de donde vivimos, llega tarde de la noche, el ha cambiado en el trato es más obediente, colaborar, lo que esta pasando es con lo de la junta, que van hacer una limpieza eso es delicado, tienen una lista y ahí en esa lista esta SE OMITE NOMBRE aparece, porque se la pasa con esos muchachos, yo no halló que hacer, el no tiene buena relación con la abuela, yo trato de compartir con él, pero el se pone inquieto, lo van a buscar a la casa y yo les digo que no lo busquen, yo le digo que llegue a una hora y no llega, me gustaría salir con él fuera de aquí, yo propongo buscarlo cada dos semana, y llevarlo a la entidad, yo le digo que corre mucho riego en la calle, no se lleva tampoco con el hermano, no cuento con otra familia que se haga cargo de él, el tiene que cumplir con la norma que yo le imponga lo más tarde que tiene que estar en la casa es a las diez de la noche, yo le digo a él que se cuide, yo le he hablado de la sexualidad”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano Manuel Farfán quien expone: “ nosotros programas de vivienda como tal no tenemos, lo que podría es mandar un oficio a INDURE, ese problema lo tenemos con los Chichillas, nos dieron una respuesta que posiblemente le construyan una vivienda, llamaremos a Caracas al Instituto para ver que podemos hacer, nosotros hemos hechos los enlace con INDUR En este estado se le concede el derecho de palabra al Fiscal IV del Ministerio Público, quien expone: “Oído como ha sido al adolescente, al padre biológico y el abogado Manuel Farfán y vistos los autos del expediente en especifico el Informe Técnico Integral de Idoneidad practicado por el Equipo Multidisciplinario de este tribunal practicado al padre biológico de fecha 7 de julio del 2.009, al ciudadano Henry Montesinos, en el cual en sus conclusiones y recomendaciones se indica que el adolescente posee características de trastornos conductuales y un patrón de personalidad con rasgos disóciales así como no hay figura de autoridad definida ni liderazgo en el hogar, prestarle ayuda para canalizar sus problemas de conductas y se someta un proceso terapéutico a fin de mejorar sus conductas y sus procesos de interrelación, es por lo que la representación fiscal solicita al tribunal se sirva ordenar a la psicólogo de la Entidad la realización de las terapias, a los fines de que el adolescente mejore sus problemas conductuales así como igualmente se le realice terapia al padre del adolescente y al hermano SE OMITE NOMBRE, en virtud de que el padre del adolescente indico en esta audiencia que los fines de semana que el adolescente comparte con el progenitor este no acta ordenes sugiriendo el padre igualmente el adolescente que el régimen de convivencia se realice cada quince días, de sábado a domingo instando al padre a establecer normas de convivencia familiar, en virtud que en esta audiencia se comprometió el doctor a realizar las diligencia pertinentes a los fines de la solución del problema de vivienda del padre del adolescente deberá este informar al tribunal de las diligencias realizadas, solicito igualmente al tribunal ratificar la medida de colocación en entidad de atención del adolescente en la casa de Protección Fray Gabriel de San Lucar. Oído como ha sido al adolescente, al padre biológico y el abogado Manuel Farfán, coordinador de IDENA, así como a la representante fiscal del ministerio Público, este Tribunal para decidir observa, riela al folio 77 al 82 en especifico el Informe Técnico Integral de Idoneidad practicado por el Equipo Multidisciplinario de este tribunal practicado al adolescente SE OMITE NOMBRE, de fecha 7 de julio del 2.009, así mismo riela al 83 al 89 Informe Técnico Integral de Idoneidad practicado por el Equipo Multidisciplinario de este tribunal practicado al progenitor del adolescente ciudadano Henry Montesinos, donde señalan las conclusiones y recomendaciones se lee “… se trata de un joven con características con de trastornos conductuales y un patrón de personalidad con rasgos disóciales… no hay figura de autoridad definida ni liderazgo dentro del hogar. El adolescente se encuentra en la casa taller desde el mes de abril… se sugiere prestarle la ayude para canalizar su problema de conducta, se muriere que el adolescente se sometido a un proceso terapéutico a fin de mejorar su conductas… en consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Primero: ratificar la medida provisional en entidad de atención dictada en fecha 14 de abril del 2.009, en consecuencia ofíciese a la entidad de atención. Segundo: Se acuerda modificar el régimen de convivencia familiar con la progenitor el cual quedara establecido de la siguiente manera: cada quince (15) días, el progenitor buscara al adolescente a la entidad de atención, el día sábado a las 10 de la mañana y deberá reintegrarlo el día domingo a las 4 de la tarde, cumpliendo tanto el progenitor como el adolescente con las normas impuestas por el progenitor, es decir el adolescente no podrá permanecer fuera de su hogar después de las diez de la noche. Tercero: Se acuerda oficiar al Coordinador de los Derechos Humanos de IDENA, abogado Manuel Farfán a los fines de que remita o informe a este tribunal sobre las gestiones y diligencias practicadas en relación a la solución de vivienda del padre del adolescente. Ofíciese lo conducente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Yolimar Márquez Avendaño
El Fiscal IV del Ministerio Publico
ABg. Nancy Becerra
Comparecientes:
Henry Montesinos
Adolescente
SE OMITE NOMBRE,
Coordinador de los Derechos Humanos de IDENA
Abogado Manuel Farfán
La Secretaria
Abg. Elys M. Fernández
En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ00620090000520.
La Secretaria: ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬________________.
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