REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Treinta y uno de julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: HP11-V-2007-000001
DEMANDANTE: MATILDE JOSEFINA MORENO DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- V-7.562.871.
DEMANDADO: JOSE DOMINGO PEREZ NIEVES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.156.056.
APODERADA JUDICIAL: MILZYS BEATRIZ ROMERO CORONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-. 8.671.751, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 67.778.
DESCENDIENTES: JOSE DOMINGO, VICENTE ALEJANDRO PEREZ MORENO y SE OMITE NOMBRE (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de veintidós (22), dieciocho (18) y dieciséis (16) años.
MOTIVO: DIVORCIO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Aprehende el conocimiento de la presente demanda por Divorcio Contencioso, este Tribunal en virtud de escrito presentado en fecha doce (12) de Junio de dos mil siete (2007), incoado por la Abg. Milzys Beatriz Romero Corona, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.671.751, abogada en ejercicio inscrita en el inpreabogado bajo el N° 67.778, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Matilde Josefina Moreno de Pérez, en contra del ciudadano José Domingo Pérez Nieves.
Así las cosas, se evidencia que mediante diligencia de fecha 08 de Agosto de 2007, la apoderada judicial Milzys Romero, consignó los ejemplares de los Diarios de circulación Regional “La Opinión” y “Las Noticias de Cojedes” donde se encuentran carteles de citación dirigidos al ciudadano José Domingo Pérez Nieves, siendo que hasta la presente fecha transcurrió más de un (01) año sin que las partes hicieran actuación alguna en el presente procedimiento a los fines de impulsarlo, estando subsumida la presente causa en el supuesto normativo previsto en el articulo 267 del Código de Procedimiento Civil que en su encabezamiento reza: (sic)
“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del juez después de vista la causa no producirá la perención.…”.
Siendo que el efecto jurídico de la inactividad procesal es sancionada por la Ley con la perención de la instancia, es por lo que, lo procedente en derecho es declarar la perención de la instancia y en consecuencia, la extinción del presente procedimiento por Divorcio, incoado por la ciudadana Matilde Josefina Moreno de Pérez, en contra del ciudadano José Domingo Pérez Nieves, y así quedará establecido en la parte dispositiva del presente fallo. Así se decide.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar la Perención de la Instancia y en consecuencia, se extingue el presente procedimiento por Divorcio Contencioso, incoado por la ciudadana Matilde Josefina Moreno de Pérez, en contra del ciudadano José Domingo Pérez Nieves.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a la parte demandante.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos, a los treinta y un (31) días del mes de Julio del dos mil nueve (2009). Años 199° de la Independencia y
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria
Abg. Eliana Lizardo
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