REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Veintiocho de julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: HP11-V-2008-000069
DEMANDANTE: JOSÉ ALBERTO SANCHEZ TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- V-6.156.402.
DEMANDADA: HAYDEE COROMOTO PARRA ZERPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.208.632.
DESCENDIENTES: SE OMITE NOMBRES (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA.
MOTIVO: DIVORCIO CONTENCIOSO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Aprehende el conocimiento de la presente demanda por Divorcio Contencioso, este Tribunal en virtud de escrito presentado en fecha dos (02) de Mayo de dos mil ocho (2008), incoado por el ciudadano José Alberto Sánchez Torrealba, en contra de la ciudadana Haydee Coromoto Parra Zerpa.
Así las cosas, se evidencia que mediante auto de fecha 6 de mayo de 2008, el Tribunal admitió la demanda y ordenó la citación de la ciudadana Haydee Coromoto Parra Zerpa, han transcurrido más de un (01) año sin que la parte demandante hiciera actuación alguna en el presente procedimiento a los fines de impulsarlo, estando subsumida la presente causa en el supuesto normativo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil que en su encabezamiento reza: (sic).
“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del juez después de vista la causa no producirá la perención.…”.
Siendo que el efecto jurídico de la inactividad procesal es sancionada por la Ley con la perención de la instancia, es por lo que, lo procedente en derecho es declarar la perención de la instancia y en consecuencia, la extinción del presente procedimiento por Divorcio Contencioso, incoada por el ciudadano José Alberto Sánchez Torrealba, en contra de la ciudadana Haydee Coromoto Parra Zerpa, y así quedará establecido en la parte dispositiva del presente fallo. Así se decide.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar la Perención de la Instancia y en consecuencia, se extingue el presente procedimiento por Divorcio Contencioso, incoada por el ciudadano José Alberto Sánchez Torrealba, en contra de la ciudadana Haydee Coromoto Parra Zerpa.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a la parte demandante.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos, a los veintiocho (28) días del mes de julio del dos mil nueve (2009). Años 199° de la Independencia y 150º de la Federación.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria
Abg. Eliana Lizardo
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