REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




EN SU NOMBRE: EL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.

San Carlos, 01 de Julio de 2009.-
198º y 150º


EXPEDIENTE: Nº 10.990
MOTIVO: Nulidad de Acta de Asamblea
DECISION: Homologa Desistimiento

-I-
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES


DEMANDANTES: ANA XIOMARA AROCHA DE LÓPEZ y DISNARDA HERRERA, Cédulas de Identidad Nros. V- 4.456.842 y V-4.097.532, respectivamente.

ABOGADO ASISTENTE: ORLANDO PINTO APONTE, Inpreabogado Nº 19.131.

DEMANDADO: HABITAT 93.


-II-
Visto el escrito de fecha 29 de Junio de dos mil nueve (2009), presentado por el abogado ORLANDO PINTO APONTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.131, en su carácter de abogado asistente de las ciudadanas ANA XIOMARA AROCHA DE LÓPEZ y DISNARDA HERRERA, que obra a los folios 36 al 40 del presente expediente, mediante el cual formalmente desiste de la acción y del procedimiento incoado en contra la Asociación Civil HABITAT 93; este Tribunal, por cuanto observa que el desistimiento expresado no trata sobre materia indisponible; es decir, no se refiere a materias sobre las cuales estén prohibidas los mismos, ni atenta contra el orden público o las buenas costumbres, así como tampoco contradice lo establecido en los referidos artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, siendo que el mismo constituye una manifestación irrevocable de la parte actora, para la cual se encuentra facultado el apoderado abogado ORLANDO PINTO APONTE, le imparte su aprobación, y en consecuencia da por consumado el DESISTIMIENTO de la acción y del procedimiento en los términos expresados por la parte actora en el acta que lo contiene, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente.




El Juez Provisorio,
Abg. LUIS ERNESTO GÓMEZ SÁEZ.





La Secretaria
Abg. HILDA M. CASTELLANOS M.