REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO L.O.P.N.A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTES

San Carlos, 10 de Julio de 2009
199º Y 150º

Por recibidas en el día 09 de julio de 2009, las presentes Actuaciones, procedentes del Tribunal de Control de este Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, bajo el Nº 1C-1792-09, en UNA (1) pieza útil, constante de Ciento setenta y tres (173) folios útiles, seguida contra el adolescente: IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO PRECEPTUADO EN EL ARTICULO 65 PARAGRAFO 2º DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE, Por la comisión del delito de: TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS PARA FINES DE DISTRIBUCION, previsto en el Articulo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica contra el trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. En consecuencia, désele entrada a las presentes actuaciones. Y considerando que el Artículo 584 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, establece que el Tribunal Mixto solo regirá cuando la sanción solicitada en la Acusación sea la Privativa de Libertad; por tanto, se debe conocer la presente Causa como TRIBUNAL MIXTO; y en virtud de que se hace necesario la escogencia de los ciudadanos escabinos que conformaran el Tribunal que conjuntamente con la ciudadana Jueza profesional, han de decidir la presente Causa, lo prudente es fijar la oportunidad para llevar a cabo la celebración del SORTEO ORDINARIO DE ESCABINOS, que tendrá lugar el día MARTES 14 DE JULIO DE 2009, A LAS 10:00 A.M. Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: Darle entrada a las presentes Actuaciones, quedando anotadas bajo el Nº 1M-158-09. SEGUNDO: fijar la oportunidad para llevar a cabo la celebración del SORTEO ORDINARIO DE ESCABINOS, para el MARTES 14 DE JULIO DE 2009, A LAS 10:00 A.M. TERCERO: Notifíquese a las partes del presente auto CUARTO: Oficiar lo conducente a la oficina de Participación Ciudadana y al Servicio de Alguacilazgo, a los fines de proveer lo conducente en relación a la celebración del sorteo ordinario de Escabinos en la presente Causa. Cúmplase lo ordenado. Diarícese.

LA JUEZA TITULAR EN FUNCIONES DE JUICIO.

ABG. NELVA ESTHER VALECILLOS ALVARADO


LA SECRETARIA:

ABG. SOLANGEL MERIDA


En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
(Sctría).-



CAUSA Nº 1M-158-09.
EXP. Nº 09-F05-0105-09
NEVA/SM/Noraini.**