REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Dieciséis de febrero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: HH11-V-2007-000046
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, lunes (16) de enero de dos mil nueve (2009), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.) oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia especial a los fines de revisar la Medida Provisional de Colocación Familiar, se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia los ciudadanos Pedro Alberto Martin Pérez y Elizabeth Coromoto Cazzetta Cantore, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 8.741.009 y 8.668.036 respectivamente. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno, la Secretaria la Abg. Elys Fernandez, se deja constancia de la presencia del Fiscal Cuarto del Ministerio Publico Abg. Nancy Becerra. Igualmente, se deja constancia que se encuentran presentes los abogados asistentes ciudadanos Camen D. Mendoza M. y Juan P. Rodriguez F., inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nos. 34.947 y 41.714 respectivamente. Se declara abierta la audiencia, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), se le impone a los presentes el motivo y alcance del acto. En este estado procede la Jueza a concederles el derecho de palabra a los ciudadanos Pedro Alberto Martin Pérez y Elizabeth Coromoto Cazzetta Cantore, quienes manifestaron: “ Solicitamos que se ratifique de la medida provisional de Colocación Familiar, estuvimos buscando la familia de origen se publico un edicto y no compareció nadie, en varias oportunidades los presuntos abuelos fueron citados y no comparecieron, estamos haciendo las diligencias para la adopción de la niña (Se omite nombre), sin embargo, cuando fue dictada la medida, nos informaron que debíamos inscribirnos en el programa de Colocación Familiar llevado por el Consejo de Protección del municipio Falcón y en esa fecha nos inscribimos. Es todo”. En este estado se le concede el derecho de palabra al Fiscal Abg. Nancy Becerra, quien expone: “Oídas las exposiciones de los ciudadanos Pedro Alberto Martin Pérez y Elizabeth Coromoto Cazzetta Cantore, esta representación fiscal solicita a este tribunal sea ratificada la medida provisional de Colocación familiar a beneficio de la niña (Se omite nombre) y se continué el procedimiento. Esta sentenciadora a los fines de resguardar el derecho que tienen la niña Milagros Jose, a ser criada en una familia sustituta de conformidad con lo previsto en el articulo 26, en concordancia con el articulo 8, literal (e) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescentes, es por lo que, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Resuelve: Ratificar la Medida Provisional de Colocación Familiar, decretada en fecha 11 de Julio de 2.007, en beneficio de la niña (Se omite nombre), en el hogar de los ciudadanos Pedro Alberto Martin Pérez y Elizabeth Coromoto Cazzetta Cantore, de acuerdo con lo establecido en el articulo 127 ejusdem. Así se decide. Es todo, se terminó, leyó y conformes firman.”
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
Fiscal del Ministerio Público
Abg. Nancy Becerra
Comparecientes:
Pedro Alberto Martín Pérez
Elizabeth Coromoto Cazzetta Cantore
Los Abogados Asistentes
Abg. Carmen Mendoza
Abg. Juan Rodríguez
La Secretaria
Abg. Elys Fernández
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