REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS, RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO, FALCÓN, ANZOÁTEGUI, EL PAO, RICAUTER Y GIRARDOT

República Bolivariana de Venezuela
Tribunal Supremo de Justicia

Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Falcón,
Anzoátegui y El Pao, Ricaurte y Girardot de la
Circunscripción Judicial del Estado Cojedes

San Carlos, 16 de Febrero de 2009.
Años 198° y 149°

Vista la solicitud planteada por la ciudadana abogada, HORTENCIA JAQUELINE APONTE, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.563.037, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 32.339, en su carácter de co-apoderada judicial de la ciudadana YOJAINA SOLEDAD ZIAC IRCHED, donde solicita la devolución de la presente comisión. En consecuencia, el Tribunal ordena devolver EN EL ESTADO QUE SE ENCUENTRA (SIN CUMPLIR) la mencionada Comisión al Juzgado Comitente, déjese constancia de su salida y de sus folios en los libros respectivos. Así mismo se ordena dejar copia certificada de todas las actuaciones de la referida comisión por secretaría, a los fines de su archivo, en tal sentido se comisiona a la ciudadana Abg. YOLIMAR MAYRENE CAMACHO, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.367.629, asistente de este despacho, quien junto con la secretaria suscribirá cada una de sus paginas, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 111 del Código de Procedimiento Civil Vigente. Líbrese Oficio y Cúmplase.
El Juez Provisorio,



Abg. Leonardo Rafael Arcaya Rodríguez.
La Secretaria,



Abg. Daniela de Lourdes Canelón Lara.
Conforme fue acordado, se devuelve la comisión Nº 18-438, constante de -25-folios utilizados, junto con oficio Nº JPEM-2009-0216-029, se dejo constancia de su salida en el Libro Diario y Comisiones, se dejo copia certificada la cual fue archivada.
La Secretaria,



Abg. Daniela de Lourdes Canelón Lara.


LRAR/yolimar.
Comisión: Nº 18/438