REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Veintiseis de enero de dos mil nueve
198º y 149º


En el día de hoy, lunes 26 de enero de dos mil nueve (2.009), siendo la oportunidad fijada para llevarse a efecto con carácter privado la audiencia preliminar en su fase de mediación, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento de jurisdicción voluntaria, tal como lo prevé el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; dirige y preside la audiencia la Jueza Primera de Primera Instancia de Sustanciación y Mediación de esta Circunscripción Judicial Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno y como secretaria del Tribunal Abg. Eliana Lizardo; se anunció el acto a las puertas del Tribunal, realizándose dos llamados uno a las diez de la mañana (10:00 a.m.) y el segundo a las diez y veinte de la mañana (10:20 a.m.). Se deja constancia la incomparecencia de la solicitante ciudadana Jenny Natalie Rodríguez Aparicio, ni por medio de apoderado judicial. En razón a ello y por disposición expresa del artículo 514 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Único: Desistido el procedimiento de Curatela y en consecuencia, se declara extinguida la instancia, terminado el asunto con el archivo del expediente una vez vencido el lapso para ejercer los recursos de ley correspondientes. Se ordena la devolución de los documentos originales, dejando copias debidamente certificadas de los mismos en el presente asunto. Asimismo, se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno



La Secretaria

Abg. Eliana Lizardo