REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE EL:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.-
San Carlos, 21 de enero de 2009.-
198º y 149º
EXPEDIENTE: Nº 10.708
MOTIVO: DIVORCIO
DECISION: HOMOLOGA DESISTIMIENTO
-I-
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: WILMER ARGENIS LÓPEZ RIVAS, Titular de la cédula de identidad Nº V.-8.665.447
APODERADO JUDICIAL: GUSTAVO PINEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nos. 15.970
DEMANDADA: MARÍA DEL PILAR JULIO CARDENAS, Titular de la cédula de identidad Nº V.-7.567.411
-II-
Vista la diligencia de fecha 19 de enero de 2009, suscrita por el abogado GUSTAVO PINEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 15.970, en su carácter apoderado judicial del ciudadano WILMER ARGENIS LÓPEZ RIVAS, titular de la cédula de identidad Nº 8.665.447, mediante la cual expuso: que de conformidad con el artículo 265 del Código de procedimiento Civil, y mediante las facultades que se le confieren en el instrumento poder desiste en nombre de su representado WILMER ARGENIS LÓPEZ RIVAS, del procedimiento en el presente juicio; este Tribunal por cuanto observa que el Desistimiento expresado no trata sobre materia indisponible, es decir, no se refiere a materias sobre las cuales estén prohibidas los mismos, ni atenta contra el orden público o las buenas costumbres, así como tampoco contradice lo establecido en los referidos artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, siendo que el mismo constituye una manifestación irrevocable de la parte actora, da por consumado el DESISTIMIENTO formulado por la parte actora.-
El Juez Provisorio,
Abg. LUIS ERNESTO GÓMEZ SÁEZ.
La Secretaria,
Abg. HILDA M. CASTELLANOS.
Exp. 10.708
LEGS/HMCM/Nahir.-
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