REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, siete de diciembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: HP11-J-2009-000611

SOLICITANTE: Nancy Margot Ramos Mendoza, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.547.814
DESCENDIENTE:
ASUNTO: AUTORIZACION JUDICIAL
SENTENCIA: DEFINITIVA

Siendo la oportunidad legal para decidir la presente solicitud es necesario hacer las siguientes consideraciones:
Compareció por ante este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, el abogado Juan Ramos Ferrer inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 29.694, actuando en su carácter de Defensor Público Tercero para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a solicitud de la ciudadana Nancy Margot Ramos Mendoza, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.547.814; mediante la cual solicito autorización amplia y suficiente cuanto en derecho se requiere para gestionar todo lo concerniente y hacer efectivo el pago de Prestaciones Sociales del Ministerio de Agricultura y Tierras, así como cualquier otro beneficio que pudiera corresponder a su hijo …………………., de (10) años de edad, dejados por su fallecido padre Néstor Ramón Sánchez.
Correspondiéndole por asignación a este órgano subjetivo el conocimiento del asunto, por lo que en fecha treinta (30) de noviembre de dos mil nueve (2009), este Tribunal le dio entrada y admitió la solicitud junto con los recaudos acompañados y se apertura procedimiento de jurisdicción voluntaria, por consiguiente, pasa este Tribunal a decidir acerca del fondo del presente asunto mediante pronunciamiento aparte.
Ahora bien, vista la declaración de Únicos y Universales Herederos, declarada por la entonces Jueza Unipersonal de la Sala de Juicio Nº 02, del Tribunal de Protección de Niños y Adolescentes en fecha diez (10) de julio de dos mil siete (2007), en donde se acredita la cualidad que tiene tanto la solicitante ciudadana Nancy Margot Ramos Mendoza, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.547.814, en su condición de cónyuge, del niño ……………. de diez (10) años de edad, de Mayner Mairellys, Néstor Josué, Maira Alejandra y Massiel Michelle Sánchez Ramos, de Únicos y Universales Herederos del causante de quien en vida respondiera al nombre de Néstor Ramón Sánchez Zapata, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.096.012, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Autorizar suficientemente a la ciudadana Nancy Margot Ramos Mendoza, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.547.814; a los fines de que gestione todo lo concerniente para hacer efectivo el pago de Prestaciones Sociales, así como cualquier beneficio u derecho que le corresponda a su hijo ……………………., de diez (10) años de edad; dejados por su fallecido progenitor Néstor Ramón Sánchez Zapata, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.096.012.
Expídase por Secretaría copia certificada de la solicitud y de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
Regístrese y Publíquese.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos, a los siete (07) días del mes de diciembre de dos mil nueve (2009). Año 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
La Jueza

Abg. Yolimar Márquez Avendaño


La Secretaria
Abg. Marvis Maria Navarro




En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ0062009000892.