REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, diez de agosto de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: HP11-V-2009-000165
DEMANDANTE:
DEMANDADA: Consejo de Protección del Municipio San Carlos del Estrado Cojedes
Rossi Tatiana Melo
MOTIVO: Colocación Familiar


En horas de Despacho del día de hoy, lunes 10 de Agosto de 2.009, siendo las nueve y media de la mañana, (9:30am) comparecen los ciudadanos Yuraima Josefina Zambrano Sequera y Javier Coromoto Reyes Camacho, con motivo de audiencia a los fines de llevar a cabo la audiencia especial en relación al presente asunto por Colocación en Entidad de Atención, el cual fue incoado por el Consejo de Protección del Municipio San Carlos, contra la ciudadana Rossy Tatiana Melo, que cursa ante este Tribunal, signada con el Nº HP11-V-2009-000165, en beneficio del SE OMITE NOMBRE. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Yolimar Márquez Avendaño y como secretaria la Abg. Elys M. Fernández. Se deja constancia de la presencia de la Representación Fiscal Abg. José B. Fuentes A. Se anunció el acto ante las puertas del tribunal, a las diez y veinticinco de la mañana (10:25am), haciendo acto de presencia Yuraima Josefina Zambrano Sequera y Javier Coromoto Reyes Camacho, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos 10.329.516 y 7.535.143, la consejera ciudadana Carmen Betancourt, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.748.926 y el Defensor Público ciudadano, Juan Ramos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.916.021 inscrito en el IPSA, bajo el Nº 29.694. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana Yuraima Josefina Zambrano Sequera, quien expone: estamos realmente feliz con los niños en la casa, esperando que sea para siempre, tenemos una prima que nos ayuda, nos preocupa SE OMITE NOMBRE, por lo de la hernia, el doctor Lerzundy nos dice que ya esta en su peso para operarlo, ya le hicimos un examen cardiovascular, salio bien, es todo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano Javier Coromoto Reyes Camacho, quien expone: “primero lo que queremos es que tengan estabilidad, lo recibimos de 2 meses, solicitamos que nos lo dejen como familia sustituta, para después realizar la adopción estamos solicitando permiso para una operación a uno de los niños, también solicitamos la custodia de los niños, somos una familia feliz, hemos afianzado el amor, ahora nos dedicamos a los niños, es todo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la consejera ciudadana Carmen Betancourt quien expone: que sean admitidas las pruebas y solicitar por el bien de los niños ya que son prematuros, la medida provisional de colocación familiar, para que ellos ejerzan la guarda de los mismos. En este estado se le concede el derecho de palabra al Defensor Público Abg. Juan Ramos quien expone: el defensor conoce el caso de los padres sustitutos, le hemos visto la preocupación de ellos, son feliz con lo niños en casa, esta defensa cree que los niños se encuentran en un hogar donde están recibiendo amor, protección por parte de esta pareja como lo dijo el señor antes eran solo ahora son una familia, que velan por proteger, en salud amor a estas dos criaturas, es necesario, que se le brinde estabilidad emocional y psicológica a los niños, por lo tanto esta defensa cree que es fundamental que los ciudadanos Javier Reyes y Yuraima Zambrano son aptos para ejercer el cargo de padres sustitutos. En este estado se le concede el derecho de palabra a la Fiscal Auxiliar IV del Ministerio Público, quien expone: “Oídos a los padres sustitutos, ciudadanos Yuraima Josefina Zambrano Sequera y Javier Coromoto Reyes Camacho y visto el informe de idoneidad de fecha 18 de febrero 2.009, de los ciudadanos Yuraima Josefina Zambrano Sequera y Javier Coromoto Reyes Camacho, de sus conclusiones y recomendaciones integrales “ se pudo constatar que los ciudadanos Yuraima Josefina Zambrano Sequera y Javier Coromoto Reyes Camacho se encuentran desde el punto social, psicológico, medico y legal para ser integrantes del programa de Colocación familiar modalidad Familia Sustituta”., esta representación fiscal considera en virtud de las recomendaciones del Consejo de Protección del Municipio San Carlos, y considerando la urgencia del caso para resguardar la integridad física de los niños y peligre la salud de algunos de los niños SE OMITE NOMBRE, sean colocados en familiar sustituta provisional en el hogar de los ciudadanos Yuraima Josefina Zambrano y Javier Reyes, por cuanto y que se revise la misma cada seis meses., es todo”. Oídos a la Consejera de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio San Carlos, ciudadana Carmen Betancourt, a los ciudadanos Yuraima Josefina Zambrano Sequera y Javier Coromoto Reyes Camacho, así como a la Defensa Pública y a la representante del Ministerio publico y revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto, se observa que riela del folio 79 al 90 del presente asunto, informe de idoneidad de los ciudadanos Yuraima Josefina Zambrano Sequera y Javier Coromoto Reyes Camacho participantes en el programa de Colocación familiar modalidad Familia Sustituta, donde se desprende de las conclusiones y recomendaciones integrales “…Se pudo constatar que los ciudadanos Yuraima Josefina Zambrano Sequera y Javier Coromoto Reyes Camacho se encuentran desde el punto social, psicológico, medico y legal para ser integrantes del programa de Colocación familiar modalidad Familia Sustituta”, aunado al hecho de que los mismos, cumplen desde el punto de vista legal con los requisitos acreditándole, el IDENA el correspondiente certificado de idoneidad, tal como riela al folio 90 del presente asunto, así mismo riela al folio 96 constancia de residencia de los aspirantes a padres sustitutos expedida por la Registradora Civil Municipal de la Alcaldía del Municipio San Carlos, en consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Primero: Revoca la medida de colocación de abrigo en sede administrativa por el consejo de Protección de Niños, Niñas y adolescentes del Municipio San Carlos del Estado Cojedes, en fecha 25 de junio de 2009, en consecuencia se Decreta la medida provisional de Colocación Familiar, a favor de los niños SE OMITE NOMBRE, de tres meses de edad, en el hogar de los ciudadanos Yuraima Josefina Zambrano Sequera y Javier Coromoto Reyes Camacho, venezolanos, casados, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 7.535.143 y 10.329.516 respectivamente residenciados en la calle Miranda, casa N° 15-47 Sector Chuchango II, San Carlos Estado Cojedes, medida esta acordada de conformidad con el articulo 396 en concordancia con el 397 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Los padres sustitutos tendrán bajo la responsabilidad a los niños SE OMITE NOMBRE y deberán cumplir con las funciones propias de la custodia, asistencia material, la vigilancia, mantener y asistir material, moral y afectivamente de los niños, así como garantizar la integridad física de los niños y el derecho a la salud, de conformidad con lo previsto el articulo 358 eiusdem. Así mismo se insta a los padres sustitutos a informar a este Tribunal sobre cualquier irregularidad relevante que se pudiera presentar en relación a la crianza de los niños en todos sus aspectos. Segundo: Se acuerda emitir constancia de Colocación Familiar que los acredite como familia sustituta. Tercero: Se acuerda un Régimen de Convivencia Familiar amplio para la progenitora de los niños, ciudadana Rossy Tatiana Melo, a los fines de mantener el lazo afectivo con el mismo. Quinto: Se acuerda un seguimiento de la medida cada seis meses, ofíciese lo conducente a la trabajadora social de este Circuito Judicial. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez

Abg. Yolimar Márquez Avendaño
Representación Fiscal
Abg. José B. Fuentes

Defensor Publico


Abg. Juan Ramos
La Consejera


Carmen Betancourt


Los padres sustitutos

Yuraima J. Zambrano S. Javier C. Reyes C.



La Secretaria

Abg. Elys M. Fernández



En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ00620090000614.



La Secretaria: ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬________________.