REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Tres de agosto de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: HH11-V-1997-000029
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, lunes (03) de agosto de dos mil nueve (2009), oportunidad fijada para llevarse a efecto audiencia especial, en el presente asunto por el motivo de Obligación de Manutención, se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia los ciudadanos José Ramón Fuenmayor Moreno y Carmen Alicia Morillo Andasol, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-10.990.340 y 11.963.259. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno y como secretaria Abg. Eliana Lizardo. Se declara abierta la audiencia, se le concede el derecho de palabra a la ciudadana Carmen Alicia Morillo Andasol, quien manifiesta: “Solicito me sea entregada de la totalidad del dinero existente en el presente asunto. Es todo”. En este estado se le concede el derecho de palabra al ciudadano José Ramón Fuenmayor Moreno, quien manifiesta: “Estoy de acuerdo con que se le haga entregada la totalidad del dinero a la ciudadana Carmen Alicia Morillo en beneficio de nuestro hijo”. Concluida la intervención de los ciudadanos antes identificados este Tribunal considera necesario precisar que las consignaciones de cantidades de dinero constituyen pagos realizados por terceras personas a favor de Niños, Niñas y Adolescentes en sus respectivas cuentas bancarias personales, que son fondos ajenos a los Tribunales y Circuitos de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cuyo trámite judicial debe ser transformado a los fines de garantizar los derechos humanos de los beneficiarios y el papel fundamental de la familias en su crianza. Por otra parte, del contenido de las copias certificadas del acta de nacimiento que se encuentra inserta a los folios 7 y 8, queda plenamente demostrada la filiación existente entre la ciudadana Carmen Alicia Morillo Andasol y los hermanos Jose Ali y Rauselvis Joselis Fuenmayor Morillo, siendo la mencionada ciudadana quien ejerce la Patria Potestad y por ende, el atributo de la Administración de los bienes, de conformidad con lo establecido en el articulo 348 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por consiguiente, lo procedente en derecho es declarar Con Lugar la solicitud formulada y en tal sentido, se autoriza suficientemente a la ciudadana Carmen Alicia Morillo Andasol, en su condición de representante legal de los hermanos Jose Ali y Rauselvis Joselis Fuenmayor Morillo, para que retire la totalidad del dinero existente en la cuenta corriente que mantiene este Tribunal en el Banco de Fomento Regional Los Andes y así quedará establecido en la parte dispositiva del presente fallo, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Resuelve: Ordenar la entrega inmediata de la totalidad de los haberes existentes en la cuenta aperturada por parte del Tribunal en el Banco de Fomento Regional Los Andes, a la ciudadana Carmen Alicia Morillo Andasol. Ofíciese lo conducente a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial. Líbrense el oficio respectivo. Cúmplase lo ordenado y en consecuencia, se ordena la remisión del presente asunto al archivo judicial. Líbrese el oficio respectivo.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
Comparecientes:
José Ramón Fuenmayor Moreno
Carmen Alicia Morillo Andasol
Secretaria
Abg. Eliana Lizardo
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