REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
veintidós de abril de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: HP11-V-2008-000128

En el día de actividad jurisdiccional de hoy, miércoles (22) de abril de dos mil nueve (2009), siendo las doce del medio día (12:00 m), oportunidad fijada para llevarse a efecto la segunda sesión de la audiencia preliminar en su fase de sustanciación, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Ordinario, se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia los ciudadanos Carlos José Díaz y Verónica Yaneli Alvarado Gutiérrez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 16.424.007 y 18.321.182 respectivamente, en el presente asunto que por el motivo de Régimen de Convivencia Familiar signado bajo el Nº HP11-V-2008-000128, incoado por el ciudadano Carlos José Díaz, en contra de la ciudadana Verónica Yaneli Alvarado Gutiérrez. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno. Se declara abierta la audiencia, se deja constancia de la presencia de la Representación Fiscal del Ministerio Publico. En este estado se le concede el derecho de palabra al ciudadano Carlos Díaz, quien expone: “Me comprometo en oportar por concepto de obligación de manutención en beneficio de mi hijo la cantidad de doscientos (200,00) bolívares mensuales, los cuales serán entregados directamente a la ciudadana Verónica Alvarado los últimos días de cada mes, en cuanto a los gastos relacionados con el transportes, merienda y pago del colegio serán compartidos y cubiertos en un 50% por cada uno de nosotros, en cuanto al régimen de convivencia familiar, ratifico el régimen propuesto en el libelo de la demanda, pudiendo retirar al niño los días viernes a las 5:00p.m. y regresarlo los días domingo a las 7:00 p.m. cada quince días, los días de la madre el niño podrá compartir con su mama y el día del padre conmigo, en cuanto a los días festivos de navidad el 24 de diciembre con el padre y el día 31 de diciembre con la madre del niño se le concede el derecho de palabra a la ciudadana Verónica Yaneli Alvarado Gutiérrez, quien expone: “ Estoy de acuerdo con lo planteado por el progenitor de mi hijo. Es todo”. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos Carlos José Díaz y Verónica Yaneli Alvarado Gutiérrez, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten del niño (Se omite nombre). Se da por concluida la fase de sustanciación de la audiencia preliminar, de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.”
La Jueza

Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno

Comparecientes:
Carlos José Díaz
Verónica Alvarado.
Representación Fiscal:
Abg._____________________
La Secretaria
Abg. Eliana Lizardo