REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES.-

San Carlos, 16 de Abril de 2009
198° y 150°

Visto el escrito presentado para ante este Tribunal por la ciudadana NATALY FAVARA GONZÁLEZ, Defensora Pública Penal Tercera, en Fase de Ejecución del Estado Cojedes; quien actuando en Representación del ciudadano PÉREZ JIMENEZ ANGEL MOISÉS, suficientemente identificado en la Causa distinguida con el Nº 1E-655-06, mediante el cual solicita a este Tribunal que Acuerde los conducente a los fines de que se realice nuevamente a su Representado el EXAMEN PSICO-SOCIAL, por ante el Internado Judicial Carabobo.

El Tribunal para Resolver hace la observación siguiente:

---Al folio 59 Pieza 03 de la Causa se inserta el Auto de fecha 18 de Diciembre de 2008, suscrito por el entonces Juez de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, Abogado Freddy Montesinos, en el cual Acuerda al realización con Urgencia del caso, de la práctica del examen psico-social al Sentenciado ÁNGEL MOISES PÉREZ JIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nº 18.502.247. ---A los folios 60 y 61 ejusdem rielan Oficios enviados, respectivamente, al ciudadano Director del Internado Judicial en el Tocuyito, Municipio Libertador, Estado Carabobo, y, a la ciudadana Coordinadora (E) Regional del Centro de Evaluación y Diagnóstico de la Región Central del Estado Carabobo. El Tribunal, en este punto hace constar que hasta la presente fecha no se ha recibido las resultas del referido Informe Psico-Social. Por lo que estima el juzgador que lo procedente es ratificar los referidos Oficios, a los fines de la práctica del Informe Psico-Social. Asimismo, el Tribunal observa que al folio 63 ejusdem riela el auto de fecha 08 de Enero suscrito por el mencionado Juez, en el cual Acuerda fijar Audiencia para la Imposición del Cómputo de la Pena al mencionado penado, para el día Jueves 15 de Enero de 2009 a la 01:30 horas de la tarde. Y, Ordenó el traslado hasta la sede de este Tribunal del mencionado ciudadano, desde el Internado Judicial Carabobo. Al folio 13 ejusdem riela el Oficio Nº 16 de fecha 13 de Enero de 2009, suscrito por el ciudadano Inspector Jefe del Instituto Autónomo de Policía Bolivariana del Estado Cojedes, con sede en esta ciudad de San Carlos, en el que Informa al Tribunal, que el traslado del penado ÁNGEL MOISES PÉREZ JIMENEZ, no se pudo realizar para la fecha Acordada, por cuanto las patrullas no estaban operativas; por lo que considera el Tribunal que lo procedente en esta oportunidad, es fijar una nueva fecha para la celebración de la Audiencia para la Imposición del Cómputo. Todo lo anterior ha de Declararse expresamente.

DECISIÓN

Por todas las razones supra expuestas es por lo que este Tribunal con fundamento en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, Acuerda; PRIMERO: Ratificar los supra referidos Oficios, a los fines de la práctica del Informe Psico-Social. Y, SEGUNDO: Fijar una nueva fecha para la celebración de la Audiencia para la Imposición del Cómputo de la Pena al Sentenciado, ciudadano, ÁNGEL MOISES PÉREZ JIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nº 18.502.247. Así se Resuelve Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, y con fundamento en las disposiciones legales supra referidas. NOTIFIQUESE DE ESTA DECISIÓN A LA CIUDADANA DEFENSORA PÚBLICA PENAL TERCERA EN FASE DE EJECUCIÓN, ABOGADA NATALY FAVARA. Y, AL CIUDADANO FISCAL TERCERO DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO COJEDES. FIJESE NUEVA FECHA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA PARA LA IMPOSICIÓN DEL COMPUTO AL SENTENCIADO DE AUTOS, Y CÍTESE A QUINES DEBEN ASISTIR. OFICIESE AL CIUDANO COMANDANTE DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE LA POLICÍA BOLIVARIANA DEL ESTADO COJEDES, A LOS FINES DEL TRASLADO HASTA LA SEDE DE ESTE TRIBUNAL DEL PENADO ÁNGEL MOISES PÉREZ JIMENEZ. OFICIESE AL CIUDADADANO DIRECTOR DEL INTERNADO JUDICIAL CARABOBO, EN TOCUYITO ESTADO CARABOBO. Y, A LA COORDINADORA REGIONAL DEL CENTRO DE EVALUACIÓN Y DIAGNÓSTICO DE LA REGIÓN CENTRAL DEL ESTADO CARABOBO; A LOS FINES DE LA REALIZACIÓN DEL INFORME PSICO-SOCIAL AL MENCIONADO PENADO. Cúmplase.



EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,
ABOG. MANUEL PÉREZ URBINA





EL SECRETARIO DE EJECUCIÓN,
ABOG. LUIS ALFREDO RAMÍREZ




Causa Nº 1E-655-06
Exp. F-III-Nº 41.411-04