REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Veintitrés de octubre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: HH11-S-2000-000032
ACTA

En horas de despacho del día de hoy 23 de octubre de 2008, siendo las 10:30 a.m., comparece la ciudadana Carmen Inés López Rivero, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.537.381, a los fines de oír a la niña: SE OMITE NOMBRE, de conformidad con el articulo 80 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la presente causa por Medida de Protección, signada con el Nº HH11-S-2000-000032, preside la audiencia la Jueza del Tribunal Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno, como secretaria Abg. Marvis Maria Navarro, la Fiscal IV del Ministerio Publico Abg. Nancy Saray Becerra y Fiscal Auxiliar Abg. José Bernardo Fuentes, los ciudadanos Carmen Inés López Rivero y Antonio Ramón Dugarte, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.537.381 y 9.474.856 y la Licenciada Magdeleine Castellano, Psicólogo del equipo Multidisciplinario. En este estado se le concede el derecho de palabra a la psicóloga del equipo multidisciplinario, quien expuso: “Sugiero a los padres sustitutos que le informen a la niña su origen biológico”. En este estado interviene la madre sustituta ciudadana Carmen Inés López Rivero, quien expone: “Yo le he informado que yo no la parí, el padre de la niña es mi hermano, él no quiere hacerse cargo de la niña; en relación con la madre biológica ella es muy agresiva y violenta nadie quiere hacerse cargo de ella, esta muy enferma nosotros solicitamos la adopción de la niña, es todo”. En este estado se le concede el derecho de palabra a la Fiscal IV del Ministerio Público quien expone: “Solicito al tribunal se sirva conceder la constancia de Colocación Familiar a los padres sustitutos, es todo”. Oídas las exposiciones de las partes estima quien aquí decide necesario hacer las consideraciones siguientes:
Que mediante sentencia proferida en fecha 8 de noviembre de 2000, se decretó la Colocación Familiar en familia Sustituta de la niña SE OMITE NOMBRE, en el hogar de los ciudadanos Carmen Inés López Rivero y Antonio Ramón Dugarte, en virtud del abandono en que se encontraba.
Que desde la fecha en que se dictó la medida provisional de Colocación en Familia Sustituta, es decir, el día 8 de noviembre de 2000, no han variado las circunstancias que la motivaron, razón por la cual es imposible reincorporar a la niña de autos en el seno de su familia de origen.
Que riela desde los folio 221 al 231 Informe Técnico Integral, practicado por parte de los profesionales adscritos al equipo multidisciplinario de este circuito, a los ciudadanos Carmen Inés López Rivero y Antonio Ramón Dugarte, en cuyas conclusiones y recomendaciones, sugieren al Tribunal que la niña prosiga en el hogar de los padres sustitutos por cuanto existe una gran integración con los mismos.
En virtud de los razonamientos antes descritos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Primero: Decreta Medida de Provisional de Colocación en Familia Sustituta a favor de la niña SE OMITE NOMBRE, en el hogar de los ciudadanos Carmen Inés López Rivero y Antonio Ramón Dugarte, de conformidad con lo establecido en el articulo 128 y 399 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes; Segundo: Se ordena la inscripción de los indicados ciudadanos en el Programa de Colocación Familiar por ante el Consejo de Protección del Municipio San Carlos del estado Cojedes, de conformidad con lo pautado en el articulo 401 ejusdem. Líbrese oficio correspondiente. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno



Fiscal IV del Ministerio Público

Abg. Nancy Saray Becerra


Fiscal Auxiliar

Abg. José Bernardo Fuentes


Psicóloga:


Lic. Magdeleine Castellano



Carmen López


Antonio Ramón Dugarte


La Secretaria
Abg. Marvis Maria Navarro