REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes.
San Carlos, veintiocho (28) de mayo del año dos mil ocho.
198º y 149º

N° DE EXPEDIENTE: HP01-L-2006-000315.
PARTE ACTORA: ANTONIO JOSE REYES MONTESINOS.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Abg. HEIDY LOPEZ, Procuradora especial de Trabajadores del estado Cojedes.
PARTE DEMANDADA: MUNICIPIO FALCON DEL ESTADO COJEDES, representada por el ciudadano Alcalde GONZALO MUJICA
APODERADO DE LA PARTE ACCIONADA: Abg. MATIAS PINO RAFAEL.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy 28 de mayo del año 2008, siendo las 12:20 m, se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, presidido por la ciudadana Juez, Abg. Yrene Pernalete Mendoza con la asistencia de la ciudadana Secretaria estando presente el ciudadano ANTONIO JOSE REYES, titular de la cédula de identidad No- 12.315.276 en compañía de su Apoderada Judicial Abg. HEIDY LOPEZ, inscrita en el IPSA bajo el No- 95.750, quien a la vez es Procuradora de Trabajadores del estado Cojedes, y por el Ente Municipal accionado, Municipio Falcón del estado Cojedes, su apoderado judicial Abg. MATIAS RAFAEL PINO, inscrito en el IPSA bajo el No- 94.858, con el objeto de dar inicio a la AUDIENCIA ESPECIAL DE PAGO EN FASE DE EJECUCIÓN, solicitada al Tribunal por las partes in litis, en la presente causa signada con el No- HP01-L-2006-000315. Una vez verificada la presencia de los involucrados en juicios, la ciudadana Juez declara abierto el acto. Otorga el derecho de palabra al apoderado judicial del Ente accionado, en donde expone: “ Ciudadana Juez, a los efectos de cumplir con la Ejecución voluntaria en la presente causa, ofrezco y consigno en este acto un pago único por la cantidad de Bs.F 3.219,57 al ciudadano ANTONIO REYES, plenamente identificados en autos, dicho monto fue conversado con el trabajador y consultado con su apoderada judicial, no presentando objeción alguna, para lo cual solicito se sirva agregar a las actuaciones en copia simple el título valor objeto de este pago. Es todo”. Seguidamente, la ciudadana Juez le otorga el derecho de palabra al accionante, quien en compañía de su apoderada judicial expuso: “ estoy de acuerdo con el pago que aquí me presenta el Abogado de la Alcaldía Falcón, por lo tanto lo acepto y lo recibo, igualmente debo manifestar que dicho monto fue previamente conversado e informado a mi Abogada, por lo tanto declaro no tener más nada que reclamar con relación al pago de mis Prestaciones Sociales a la Alcaldía del Municipio Falcón por esta causa. Es todo”. Ahora bien, evidenciado el pago en fase de EJECUCIÓN VOLUNTARIA las partes le solicitan a la ciudadana Juez se sirva impartir la debida homologación y el cierre del asunto, dándole al mismo el efecto de Cosa Juzgada. Escuchadas las peticiones, considerando la Juez que están llenos los extremos de Ley para acordar la homologación, este Tribunal, con fundamento del Parágrafo Único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, los artículos 9, 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, Parágrafo Primero del último de los señalados, el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, artículo 1.713 y siguientes del Código Civil y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY SE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN en la presente causa, se declara terminado el juicio y se ordena el cierre del expediente por darle al mismo al efecto de Cosa Juzgada. Se ordena remitir el expediente al Archivo Sede de este Circuito Laboral, para que una vez cumplido el lapso legal correspondiente se remita al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial. Cúmplase lo ordenado. Se elaboran cinco (05) ejemplares de un mismo tenor y aun mismo efecto, uno para la parte actora y/o su representante, uno (01) para la parte demandada y/o su representante, uno para ser agregada al expediente y uno para el cuaderno copiador. Es todo y conformen firman.
La Juez

Abg. Yrene Pernalete Mendoza.




Parte demandante y/o representantes.

Parte demandada y/o representantes.






La Secretaria.