TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos 09 de Mayo de 2008
197º y 149º
SOLICITANTE: MARIA DEL ROSARIO AGUIAR DE PLAZA, JOSÉ GREGORIO, FRANCISCO JOSÉ, MARISELA DEL VALLE, BETTINA JAMILET y MINERVA DEL ROSARIO PLAZA AGUIAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-3.041.661, V-12.365.810, V-14.324.503, V-14.324502, V-9.535.026 y V-14.324.501.
MOTIVO: TITULO DE PERPETUA MEMORIA
SOLICITUD N° 12.288
DECISION INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
I
SINTESIS
Presentada la anterior solicitud en fecha 27 de marzo de 2008, por los Ciudadanos MARIA DEL ROSARIO AGUIAR DE PLAZA, JOSÉ GREGORIO, FRANCISCO JOSÉ, MARISELA DEL VALLE, BETTINA JAMILET y MINERVA DEL ROSARIO PLAZA AGUIAR, debidamente asistidos por el Abogado JOSÉ MANUEL ARTEAGA STELLING, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.407, identificados en autos y previa distribución de solicitudes ante el Juzgado Distribuidor de esta Circunscripción, fue asignada a este Tribunal, dándosele entrada mediante auto de la misma fecha.
II
MOTIVACION
Las Ciudadanas MARIA DEL ROSARIO AGUIAR DE PLAZA, JOSÉ GREGORIO, FRANCISCO JOSÉ, MARISELA DEL VALLE, BETTINA JAMILET y MINERVA DEL ROSARIO PLAZA AGUIAR, solicitaron les sea declarados UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de FRANCISCO JOSÉ PLAZA MALDONADO, quien falleció en fecha 14 de enero de 2008.
Las solicitantes consignaron la siguiente prueba instrumental:
• Copia certificada del acta de defunción de FRANCISCO JOSÉ PLAZA MALDONADO.
• Copia certificada del acta de Matrimonio FRANCISCO JOSÉ PLAZA MALDONADO y MARIA DEL ROSARIO AGUIAR DE PLAZA.
• Copia certificada del acta de Nacimiento de JOSÉ GREGORIO.
• Copia certificada del acta de nacimiento de FRANCISCO JOSE.
• Copia certificada del acta de nacimiento de MARISELA DEL VALLE.
• Copia certificada del acta de nacimiento de BETTINA JAMILET.
• Copia certificada del acta de nacimiento de MINERVA DEL ROSARIO.
Tales documentos públicos, prestan para esta instancia todo el valor probatorio que de su contenido se desprende, evidenciándose que el ciudadano FRANCISCO JOSÉ PLAZA MALDONADO, era esposo de MARIA DEL ROSARIO AGUIAR y padre de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO, FRANCISCO JOSÉ, MARISELA DEL VALLE, BETTINA JAMILET y MINERVA DEL ROSARIO PLAZA AGUIAR.
Igualmente los solicitantes presentaron las testimoniales de los Ciudadanos JESUS SANCHEZ y JUAN MUÑOZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.989.221 y 5.209.221, respectivamente, quienes contestaron afirmativamente a su interrogatorio.
Estos testigos fueron contestes en sus declaraciones, no incurrieron en contradicciones en sus respuestas, por lo que prestan para este Tribunal todo el valor probatorio.
Ahora bien, estudiado el caso cuestionado con las probanzas evacuadas, este Tribunal las considera suficientes para declarar a los ciudadanos MARIA DEL ROSARIO AGUIAR DE PLAZA, JOSÉ GREGORIO, FRANCISCO JOSÉ, MARISELA DEL VALLE, BETTINA JAMILET y MINERVA DEL ROSARIO PLAZA AGUIAR, como Universales Herederos ab-intestato del ciudadano FRANCISCO JOSÉ PLAZA MALDONADO, y así se dictaminará en el decreto de esta decisión.
III
DECISION
Ante los razonamientos expuestos vista la solicitud presentada por los Ciudadanos MARIA DEL ROSARIO AGUIAR DE PLAZA, JOSÉ GREGORIO, FRANCISCO JOSÉ, MARISELA DEL VALLE, BETTINA JAMILET y MINERVA DEL ROSARIO PLAZA AGUIAR, antes identificados y estudiado el caso cuestionado, este Tribunal resuelve: "Declarar a los ciudadanos MARIA DEL ROSARIO AGUIAR DE PLAZA, JOSÉ GREGORIO, FRANCISCO JOSÉ, MARISELA DEL VALLE, BETTINA JAMILET y MINERVA DEL ROSARIO PLAZA AGUIAR, como Universales Herederos ab-intestato de FRANCISCO JOSÉ PLAZA MALDONADO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio constitucional de tutela judicial efectiva contenido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dejando a salvo los derechos de terceros". Devuélvase originales con sus resultas a la parte interesada, previa certificación por secretaría. Se comisionó para la obtención de las copias al Ciudadano ELIO QUIÑONEZ, Asistente II de este Juzgado, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.770.731, quien junto con la Secretaria firmará la certificación y cada uno de sus folios, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en San Carlos al nueve (09) días del mes de mayo del año Dos Mil Ocho (2008).
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. LUIS ERNESTO GOMEZ SAEZ
LA SECRETARIA,
Abg. HILDA M. CASTELLANOS M.
En la misma fecha de hoy, se publicó y registró la anterior decisión, siendo la 11:00 a.m., se expidieron las copias certificadas y se devolvió constante de Veintisiete (27) folios útiles.
LA SECRETARIA,
Abg. HILDA M. CASTELLANOS M.
Solicitud N° 12.288
LEGS/HMCM/elio.
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