REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN


JUZGADO ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES

San Carlos, 26 de Mayo de 2008
198° Y 149°

Por cuanto este Despacho, en fecha 11/02/2008, ORDENÓ la práctica de la evaluación psico-social del sentenciado ÁNGEL MOISES PÉREZ JIMENEZ, titular de la cédula de identidad N° 24.330.389, a quien se le sigue la presente causa signada con el Nº 1E-655-06, Expediente Fiscal Nº 41.411-04, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y LESIONES PERSONALES; observándose que el sentenciado para aquella oportunidad se encontraba recluido en la Penitenciaria General de Venezuela, motivo por el cual se ofició a dicho Establecimiento Penitenciario a los fines de la realización de la misma; y por cuanto se evidencia que el supra mencionado sentenciado fue trasladado hasta el Internado Judicial de Carabobo, con sede en Tocuyito, estado Carabobo, sin que hasta la presente fecha conste en actas el resultado del examen psico-social; este Juzgado en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA ÚNICO: Oficiar a la Dirección del Internado Judicial de Carabobo y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Región Central, con sede en Valencia, Estado Carabobo, a los fines de que procedan a la realización, con la urgencia del caso, del examen psico-social al sentenciado ÁNGEL MOISES PÉREZ JIMÉNEZ. Notifíquese a las partes. Ofíciese lo conducente.



FREDY ANTONIO MONTESINOS LUCENA
JUEZ

LUIS ALFREDO RAMIREZ PALAZZI
SECRETARIO


CAUSA N° 1E-655-06
EXPEDIENTE N° 41.411-04