REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




EN SU NOMBRE EL:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO COJEDES.-

San Carlos, 18 de marzo de 2008.-
197º y 149º

EXPEDIENTE: Nº 5.402

MOTIVO: DIVORCIO (Causal 2da)

DECISION: HOMOLOGA DESISTIMIENTO


-I-
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES


DEMANDANTE: ELODIA JOSEFINA RODRIGUEZ,
titular de la cédula de identidad
Nº V-4.098.006

APODERADO JUDICIAL: FRANCISCO IGNACIO RODRIGUEZ B. inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 15.969

DEMANDADO: PEDRO JOSE COLMENARES, titular de la cédula de identidad
Nº V-5.743.304

-II-
En fecha primero (01) de agosto de mil novecientos ochenta y nueve (1.989), el abogado en ejercicio FRANCISCO IGNACIO RODRIGUEZ B. en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, notificó al Tribunal la reconciliación de las partes y por tal motivo solicitó la homologación, se dé por terminado el juicio y se archive el expediente; este Tribunal por cuanto observa que el Desistimiento expresado no trata sobre materia indisponible, es decir, no se refiere a materias sobre las cuales estén prohibidas los mismos, ni atenta contra el orden público o las buenas costumbres, así como tampoco contradice lo establecido en los referidos artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, siendo que el mismo constituye una manifestación irrevocable de la parte actora, da por consumado el DESISTIMIENTO formulado por la parte actora, y en consecuencia se da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente.




El Juez Provisorio,
Abg. LUIS ERNESTO GÓMEZ SÁEZ.





La Secretaria,
Abg. HILDA M. CASTELLANOS M.













Exp. 5.402
LEGS/HMCM/Misledy