REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNICO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCI0N DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES

San Carlos, 31 de Marzo de 2008
197° y 149°

Visto el escrito en un (01) folio útil presentado ante el Servicio de Alguacilazgo en fecha 24 de marzo de 2008 por la ciudadana ABG. NATALY FAVARA GONZÁLEZ, en su carácter de Defensora Pública Penal Tercera, actuando en representación del ciudadano DEIBIS ALVARADO DIAZ, titular de la Cédula de Identidad No. V-18.322.642, Penado en la causa No. 1E-515-03, mediante el cual manifiesta …”el Tribunal solicitó la realización del Informe Conductual de mi representado, y siendo que {este es un requisito necesario para el Beneficio que le corresponde el cual es el de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, el cual le solicito se le acuerde una vez repose en autos lo diligenciado por el Tribunal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal”. Antes de decidir este Tribunal de Ejecución hace las siguientes consideraciones: PRIMERO. Establece el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal que al tribunal de ejecución le corresponde la ejecución de las penas y medidas de seguridad impuestas mediante sentencia firme. …”En consecuencia conoce de: 1. Todo lo concerniente a la libertad del penado, las fórmulas alternativas al cumplimiento de pena, redención de la pena por el trabajo y el estudio, conversión, conmutación y extinción de la pena”. SEGUNDO. Riela a los folios 33 y 34 de la Pieza IV, auto de fecha 26 de junio de 2007, mediante el cual este Tribunal de Ejecución procedió a actualizar el cómputo de la pena impuesta al penado ALVARADO DIAZ DEYBIS RAFAEL, señalándose que …”faltándole por cumplir la pena de cinco (05) AÑOS, seis (06) MESES y tres (03) DIAS, pena que deberá culminar en fecha 24/01/2013”. TERCERO. Se evidencia del dicho auto que en fecha 06/04/2004 el Tribunal acordó la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de Destacamento de Trabajo, así como, que en fecha =6/05/2005, se le concedió la fórmula alternativa de cumplimiento de pena como lo es el régimen abierto y que en fecha 23/02/2006 se le otorgó la libertad supervisada. CUARTO. Riela al folio 37 de la Pieza IV oficio No. 774 de fecha 22 de agosto de 2007 a través del cual la ciudadana Delegada de prueba ABG. MARIA FERNANDA MENDOZA y las Lic. NEUDY MALPICA DE MEJIA, adscritas al Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. Andrés Grisanti Franceschi” requieren de este Tribunal …remitir a esta Unidad Operativa AUTO DE EJECUCUIÓN DE PENA ACTUALIZADO del residente-penado ALVARADO DIAZ DEIBYS RAFAEL … quien lo requiere para determinar si es prudente solicitar la medida de Libertad Condicional”. QUINTO. Observa el Tribunal que desde la actuación que riela al folio 37 de la Pieza IV – oficio No. 774 de fecha 22 de agosto de 2007, a que se hizo referencia en el particular CUARTO, hasta el día 24 de marzo de 2008, fecha en la cual la ciudadana Defensora Pública Penal Tercera formuló su solicitud, no se ha cumplido ninguna actuación. Por los ||
.razonamientos antes expuestas, este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Acuerda: ÚNICO. Efectuar, DE OFICIO y de manera inmediata, la actualización del cómputo de la pena impuesta al ciudadano DEIBIS ALVARADO DIAZ, titular de la Cédula de Identidad No. V-18.322.642, en función de que éste pueda solicitar la fórmula alternativa de cumplimiento de pena a que hubiere lugar. Se acuerda solicitar Informe Periódico Conductual del penado. Así se declara. Notifíquese a la solicitante. Cúmplase.

ABG. FREDY MONTESINOS LUCENA
JUEZ DE EJECUCIÓN

ABG. YENIFER ARTEAGA
SECRETARIA DE EJECUCIÓN