REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 09/07/2008, se cumple parcialmente la Comisión en la siguiente dirección: Carrera 21 entre Calles 27 y 28 Barquisimeto. El Tribunal notificó a la Secretaria de Gerencia de la Clínica Ciudadana María J. Oviedo R. La parte actora señala para embargar la cuota parte de acciones que pudiera corresponder a la Ciudadana María Z. Mendoza R., numeradas en el acta, en total 2.945 por un valor de 2.945 Bs. F. Se embarga ejecutivamente la cuota parte de acciones de la Ciudadana María Z. Mendoza R., declarando su desposesión jurídica y nombra a la Clínica Razetti de Barquisimeto C.A., representada por su Gerente General Jesús A. Peraza T., juramentado al efecto. La parte actora se reserva del derecho de seguir embargando bienes y pide se envié al Comitente copia certificada del acta, dejando la comisión en el despacho para de continuar con la medida. El Tribunal provee en conformidad lo solicitado. Se regresó a la sede siendo las 10:15 am.