REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes.
San Carlos, quince (15) de julio de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO Nº. HH02-L-2000-000004

Vista y analizadas las actuaciones insertas en el presente asunto, del juicio incoado por la ciudadana LUCIA FEDERICO TREZZA VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 12.365.375, contra la Sociedad Mercantil TRANSPORTE Y SERVICIOS SCHEFI, C.A, por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, y en virtud del acuerdo transaccional celebrado entre las partes intervinientes en el presente juicio, por ante el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en fecha siete (07) de agosto del año dos mil siete (2007), la cual fue cumplida en fecha diez (10) de agoato del año dos mil siete (2007), mediante la entrega de cheque Nº 01294478, por la Cantidad de ONCE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 11.263.000,00), lo que equivale a la cantidad de ONCE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES BÓLIVARES FUERTESSIN CÉNTIMOS (Bs. F. 11.263,00) girado contra la Entidad Bancaria VENEZOLANO DE CRÉDITO, Agencia Anaco, cuenta Corriente Nº 0104-0057-11-0570016563, entregado al Apoderado Judicial de la parte actora Abg. GUSTAVO ENRIQUE PINEDA, como pago total de los derechos reclamados.
Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, luego de haber revisado y observado que en el referido acuerdo transaccional, constan las partes actora y accionada del presente juicio, el cual fue debidamente homologado por el Tribunal Superior en fecha diecisiete (17) de septiembre de dos mil siete (2007), que riela los folios doscientos cuarenta y uno (241) al doscientos cuarenta y tres (243) de la presente causa, a los fines que tenga autoridad de Cosa Juzgada; y en virtud de la entrega material y formal de cheque Nº. 00760767 a nombre de la accionante antes identificada al apoderado judicial de la empresa accionada Abg. OSWALDO MONAGAS, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº. 49.049, tal como se evidencia al folio doscientos cincuenta y seis (256) del presente expediente, es por lo que se da por terminado el presente asunto y se ordena su remisión al archivo sede, para su guarda y custodia, hasta su envío definitivo al Archivo Judicial. Ofíciese lo conducente. Cúmplase. Es todo.-

La Jueza Titular
Abg. Denis Margarita León Sequera.
La Secretaria
Abg. Zenaida Valecillos Rojas
DMLS/zvr/asr.-