REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION
SAN CARLOS 28 DE JULIO 2008
JUEZA TITULAR EN FUNCIONES DE EJECUCION: ABG. NELVA ESTHER VALECILLOS ALVARADO
FISCAL V ESPECIALIZADA: ABG. LUCÍA GARCIA SEQUERA
DEFENSOR PRIVADO: EULER FERNÁNDEZ
SANCIONADO: (Se omite identidad de conformidad con los artículos, 545 y 65, parágrafo 2° de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente)
DELITOS: ROBO AGRAVADO
SECRETARIA: ABG. SANDRA ORTA RODRÍGUEZ
CAUSA: 1E-202-08
En el día de hoy, LUNES VEINTIOCHO (28) de JULIO de 2008, siendo las 10:00 horas de la mañana, se constituye el Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, con la presencia de la Juez Titular ABG. NELVA ESTHER VALECILLOS ALVARADO, la Secretaria ABG. SANDRA ORTA RODRÍGUEZ para llevar a cabo AUDIENCIA ESPECIAL ORAL Y PRIVADA, a los fines de imponer la forma de cumplimiento de la sanción de Libertad Asistida por el lapso de Dos (02) Años y Reglas de Conducta por el lapso de Seis (06) Meses, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, en virtud del procedimiento por admisión de hechos al adolescente (Se omite identidad de conformidad con los artículos, 545 y 65, parágrafo 2° de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente), por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal Vigente, en perjuicio de la ciudadana TERESA PÉREZ DE RODRÍGUEZ . Acto seguido se procede a verificar la presencia de las partes, dejándose constancia de la comparecencia de la Fiscal del Ministerio Público Abg. LUCIA GARCIA, el sancionado (Se omite identidad de conformidad con los artículos, 545 y 65, parágrafo 2° de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente), su representante legal JUANA JOSEFINA GONZÁLEZ BOLÍVAR, titular de la cedula de identidad Nº 6.697.758. Asimismo se deja constancia de la incomparecencia de la víctima y del Defensor Privado ABG. EULER FERNÁNDEZ. Seguidamente la ciudadana Jueza vista la incomparecencia del Defensor Privado ABG EULER FERNÁNDEZ y por cuanto la defensa es un derecho inviolable en todo estado y grado del proceso, por lo que ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD CONFERIDA EN LOS ARTICULOS 646 Y 647 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE PASA A PRONUNCIARSE EN LOS SIGUIENTES TERMINOS: PRIMERO: acuerda diferir la presente audiencia para el día MIÉRCOLES TREINTA (30) DE JULIO DE 2008, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. SEGUNDO: líbrense las boletas correspondientes. Quedan notificadas las partes presentes. Se concluye la audiencia a las 10:30 horas de la mañana. Termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR EN FUNCIONES DE EJECUCION
ABG. NELVA ESTHER VALECILLOS ALVARADO
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