REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO
DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO COJEDES
198° y 149º

En el día de hoy, JUEVES, DIEZ (10) DE JULIO 2008, siendo las 2:35 de la Tarde, se constituye el Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, conformado por la ciudadana Jueza de Juicio, ABG. YOLIMAR MARQUEZ AVENDAÑO, la ciudadana Secretaria de Juicio ABG. BETHZAIDA C. SANTAMARIA Z. Siendo el día y la hora fijados para dar CONTINUACION al Juicio Oral y Privado en la Causa Nº 1U-136-08, incoado por la Fiscal V del Ministerio Público, ABG. LUCIA GARCIA, seguida en contra de los adolescentes IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART 65, PARAGRAFO 2do DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE; por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en los ordinales 3°, 4° Y 6° del articulo 453 del Código Penal y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal, en perjuicio de MIGUEL ANTONIO FLORES TORTOLERO. Acto Seguido el Alguacil Alexis García, informa al Tribunal que se encuentran presentes, la Fiscalia V del Ministerio Público, representada por el ABG. LUCIA GARCIA SEQUERA, los acusados IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART 65, PARAGRAFO 2do DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, el Defensor Público, ABG. ALBERTO SERRANO, la victima MIGUEL ANTONIO FLORES TORTOLERO, un testigos y dos funcionarios, se deja constancia de la incomparecencia del acusado IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART 65, PARAGRAFO 2do DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. Seguidamente la Jueza, oída la información suministrada dada la incomparecencia del acusado IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART 65, PARAGRAFO 2do DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, no se declara abierto el debate, y por cuanto estamos dentro del plazo legal establecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente de conformidad con lo establecido en el articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se acuerda suspender la celebración del presente acto, de conformidad con lo establecido en el artículo 335, ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda notificar al adolescente acusado IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART 65, PARAGRAFO 2do DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, igualmente se acuerda citar nuevamente a los testigos y expertos a través de la fuerza pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 357 ejusdem, se solicita la colaboración a la Fiscalia V del Ministerio Público. Así las cosas, se suspende el debate y se fija la continuación de la celebración del Juicio Oral y Privado, para el día Jueves 17 de Julio de 2008, a las 9:00 de la mañana. Así se decide. Quedan las partes presentes notificadas. Líbrese la correspondientes Boletas. Ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia ubicada en el Edificio Manrique, piso dos (02), de la sede de este Tribunal del Circuito Judicial Penal del Adolescente. Es Todo, termino, se leyó y conformes firman, siendo las 2:45 de la Tarde.
LA JUEZA DE JUICIO



ABG. YOLIMAR MARQUEZ AVENDAÑO




SIGUEM LAS FIRMAS ……………………………………………………………………..












FISCAL V DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABG. LUCIA GARCIA



DEFENSOR (A) PÙBLICO
ABG. ALBERTO SERRANO





ACUSADOS





REPRESENTANTE DE LOS ADOLESCENTES ACUSADOS









VICTIMA
MIGUEL ANTONIO FLORES TORTOLERO




ALGUACIL








SECRETARIA
ABG. BETHZAIDA C. SANTAMARIA Z.


CAUSA Nº 1U-136-08
EXP F. 09-F05-0039-08