REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos de Austria, 20 de febrero de 2008.
Años: 197° y 148°
Vista la anterior solicitud presentada personalmente por sus firmantes Ciudadanos: JUAN GABRIEL SANCHEZ SALAZAR y DAYANA BEANNEY CORONADO MORILLO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-16.159.087 y V-18.974.212, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada OLEIDA BENITEZ DE ORTEGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.426. Se admite en cuanto ha lugar en derecho. Previa lectura acordada por Secretaría y estando conforme por los manifestantes, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SEPARADOS DE CUERPOS, a los cónyuges anteriormente nombrados, bajo las condiciones estipuladas en el citado escrito.
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. ALFONSO ELIAS CARABALLO CARABALLO.
LOS MANIFESTANTES y
ABOGADO ASISTENTE
LA SECRETARIA,
Abg. SORAYA M. VILORIO R.
Expediente N° 4927.-
AECC/SMVR/marcolina.
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