REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Dieciséis de diciembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: HH11-S-2006-000232
SOLICITANTE:
NORCY YELITZA MUÑOZ MATUTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- V-10.325.904.
DESCENDIENTES: SE OMITEN NOMBRES
MOTIVO: AUTORIZACIÓN JUDICIAL.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON DEFINITIVA.
Vista la diligencia presentada en fecha veintisiete (27) de noviembre de dos mil ocho (2008), por parte de la ciudadana Norcy Yelitza Muñoz Matute, actuando en su condición de representante legal de los hermanos SE OMITEN NOMBRES, mediante la cual requiere al Tribunal le sea autorizada para retirar la totalidad del dinero existente en la cuenta de ahorros N° 0007-0065-76-0010014198 del Banco BANFOANDES, en el asunto que sigue este Tribunal signado bajo el N° HH11-S-2006-000232, por Autorización Judicial.
Establecido lo anterior, para decidir esta sentenciadora estima hacer las siguientes consideraciones:
La ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, establece en el artículo 348, lo siguiente: “La patria Potestad comprende la Responsabilidad de Crianza, la representación y la administración de los bienes de los hijos e hijas.”, por consiguiente, corresponde a los padres en ejercicio de la patria potestad la administración de los fondos pertenecientes a los hijos, siendo lo procedente en el caso autorizar a la progenitora para retirar la totalidad de los haberes que se encuentran depositados en la cuenta antes descrita y declarar la extinción del presente procedimiento y así quedará establecido en la parte dispositiva del presente fallo. Así se decide.
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Autorizar suficientemente a la ciudadana Norcy Yelitza Muñoz Matute, en su condición de representante legal de los hermanos SE OMITEN NOMBRES, para que retire la totalidad de los haberes existentes en la cuenta de ahorros Nº 0007-0065-76-0010014198 del Banco BANFOANDES, en consecuencia, se declara extinguido el presente procedimiento por Autorización Judicial. Ofíciese lo conducente a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito. Líbrese oficio.
Publíquese y Regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a los dieciséis (16) días del mes de diciembre de dos mil ocho (2008). Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria
Abg. Marvis Maria Navarro
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