TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 03 de Diciembre de 2008
198º y 149º
SOLICITANTE: MARIA SABINA ROMERO LAMAS, JOSE ANGEL ROMERO LAMAS, INES RAMONA ROMERO LAMAS, MIGUEL AVELARDO ROMERO LAMAS, ANA ROSA ROMERO LAMAS, ELIADES ANTONIO ROMERO LAMAS y CASTORA MINDRES ROMERO HERRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-7.532.056, V-7.535.720, V-85.747.392, V-5.747.393, V-8.665.462, V-3.044.948 y V-3.040.887.
MOTIVO: TITULO DE PERPETUA MEMORIA
SOLICITUD N° 12.530
DECISION INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
I
SINTESIS
Presentada la anterior solicitud en fecha 17 de noviembre de 2008, por los Ciudadanos MARIA SABINA ROMERO LAMAS, JOSE ANGEL ROMERO LAMAS, INES RAMONA ROMERO LAMAS, MIGUEL AVELARDO ROMERO LAMAS, ANA ROSA ROMERO LAMAS, ELIADES ANTONIO ROMERO LAMAS y CASTORA MINDRES ROMERO HERRERA, debidamente asistidos por el Abogado ORLANDO JOSE LORETO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.993, identificados en autos y previa distribución de solicitudes ante el Juzgado Distribuidor de esta Circunscripción, fue asignada a este Tribunal, dándosele entrada mediante auto de la misma fecha.


II
MOTIVACION
Los Ciudadanos MARIA SABINA ROMERO LAMAS, JOSE ANGEL ROMERO LAMAS, INES RAMONA ROMERO LAMAS, MIGUEL AVELARDO ROMERO LAMAS, ANA ROSA ROMERO LAMAS, ELIADES ANTONIO ROMERO LAMAS y CASTORA MINDRES ROMERO HERRERA, solicitaron sean declarados UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de ABELARDO ANTONIO ROMERO GUEVARA, quien falleció en fecha 16 de Mayo de 2008.
Los solicitantes consignaron las siguientes pruebas instrumentales:
• Copia certificada del Acta de Defunción de ABELARDO ANTONIO ROMERO GUEVARA.
• Copia Certificada del Acta de Matrimonio de ABELARDO ANTONIO ROMERO GUEVARA y ELSA LUISA HERNANDEZ OJEDA.
• Copia Certificada del Acta de Defunción de ELSA LUISA HERNANDEZ OJEDA DE ROMERO.
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento de MARIA SABINA ROMERO LAMAS.
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento de JOSE ANGEL ROMERO LAMAS.
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento de INES RAMONA ROMERO LAMAS.
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento de MIGUEL ABELARDO ROMERO LAMAS.
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento de ANA ROSA ROMERO LAMAS.
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento de ELIADES ANTONIO ROMERO HERRERA.
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento de CASTORA MINDRES ROMERO LAMAS.
Tales documentos públicos, prestan para esta instancia todo el valor probatorio que de su contenido se desprende, evidenciándose que el ciudadano ABELARDO ANTONIO ROMERO GUEVARA, era padre de los Ciudadanos MARIA SABINA ROMERO LAMAS, JOSE ANGEL ROMERO LAMAS, INES RAMONA ROMERO LAMAS, MIGUEL AVELARDO ROMERO LAMAS, ANA ROSA ROMERO LAMAS, ELIADES ANTONIO ROMERO LAMAS y CASTORA MINDRES ROMERO HERRERA.
Igualmente los solicitantes presentaron las testimoniales de los Ciudadanos LUIS MANUEL MEJIAS y OSCAR SALOMON CANELONES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.745.715 y V-9.537.094, respectivamente, quienes contestaron afirmativamente a su interrogatorio.
Estos testigos fueron contestes en sus declaraciones, no incurrieron en contradicciones en sus respuestas, por lo que prestan para este Tribunal todo el valor probatorio.
Ahora bien, estudiado el caso cuestionado con las probanzas evacuadas, este Tribunal las considera suficientes para declarar a los ciudadanos MARIA SABINA ROMERO LAMAS, JOSE ANGEL ROMERO LAMAS, INES RAMONA ROMERO LAMAS, MIGUEL AVELARDO ROMERO LAMAS, ANA ROSA ROMERO LAMAS, ELIADES ANTONIO ROMERO LAMAS y CASTORA MINDRES ROMERO HERRERA, como Únicos y Universales Herederos ab-intestato del ciudadano ABELARDO ANTONIO ROMERO GUEVARA, y así se dictaminará en el decreto de esta decisión.

III
DECISION
Ante los razonamientos expuestos vista la solicitud presentada por los Ciudadanos MARIA SABINA ROMERO LAMAS, JOSE ANGEL ROMERO LAMAS, INES RAMONA ROMERO LAMAS, MIGUEL AVELARDO ROMERO LAMAS, ANA ROSA ROMERO LAMAS, ELIADES ANTONIO ROMERO LAMAS y CASTORA MINDRES ROMERO HERRERA, antes identificados y estudiado el caso cuestionado, este Tribunal resuelve: "Declarar a los ciudadanos MARIA SABINA ROMERO LAMAS, JOSE ANGEL ROMERO LAMAS, INES RAMONA ROMERO LAMAS, MIGUEL AVELARDO ROMERO LAMAS, ANA ROSA ROMERO LAMAS, ELIADES ANTONIO ROMERO LAMAS y CASTORA MINDRES ROMERO HERRERA, como Únicos y Universales Herederos ab-intestato de ABELARDO ANTONIO ROMERO GUEVARA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio constitucional de tutela judicial efectiva contenido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dejando a salvo los derechos de terceros". Devuélvase originales con sus resultas a la parte interesada, previa certificación por secretaría. Se comisionó para la obtención de las copias al Ciudadano ELIO J. QUIÑONEZ, Asistente de este Juzgado, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.770.731, quien junto con la Secretaria firmará la certificación y cada uno de sus folios, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en San Carlos a los tres (03) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Ocho (2008).

EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. LUIS ERNESTO GOMEZ SAEZ

LA SECRETARIA Acc,
Abg. ANA M. SOLORZANO B.
En la misma fecha de hoy, se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 02:11 p.m., se expidieron las copias certificadas y se devolvió constante de treinta y cuatro (34) folios útiles.
LA SECRETARIA Acc,
Abg. ANA M. SOLORZANO B.
Solicitud N° 12.530
LEGS/HMCM. Elio.-.