REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Cuatro de agosto de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: HP11-S-2008-000373

Vista el acta de fecha cuatro (04) de agosto de dos mil ocho (2008), se observa que los ciudadanos Alejandro Antonio De La Santísima Trinidad Sulbaran Páez y Sharon Vanesa Marcano Valenzuela, no comparecieron personalmente, ni mediante apoderado alguno a la audiencia fijada mediante auto expreso de fecha 22 de julio de 2008.
A este respecto la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes establece:
Artículo 514. No comparecencia a la audiencia.
Si el o la solicitante no comparece personalmente o mediante apoderado sin causa justificada a la audiencia se considera desistido el procedimiento y termina éste mediante decisión oral que se debe reducir en un acta y publicarse en el mismo día. Este desistimiento extingue la instancia, pero el o la solicitante no puede volver a presentar su solicitud antes que transcurra un mes.
Si las personas notificadas en el procedimiento no comparecen sin causa justificada a la audiencia se debe continuar con ésta hasta cumplir con su finalidad.

Por consiguiente, de acuerdo a la norma antes transcrita lo procedente en derecho es declarar desistido el presente procedimiento y en consecuencia, declararlo terminado. Así se establece.
En virtud de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección del Niño, Niña y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Resuelve Desistir el presente procedimiento y en consecuencia, se declara terminado.
Publíquese y Regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección del Niño, Niña y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a los cuatro (04) días del mes de agosto de dos mil ocho (2008).l Años 198° y 149°.
La Juez

Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno



La Secretaria

Abg. Marvis Maria Navarro