REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 8 de Abril de 2008
Años: 197º y 149º

ASUNTO: KP02-L-2007-1553.

PARTE ACTORA: JOSE ALEJANDRO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.364.704 de este domicilio.
ABOGADOS DE LA PARTE ACTORA: RAYZA MERINO, OSWALDO RAMOS PUERTA IPSA N° 92.454 y 119.392, en su condición de Procuradores Especiales de Trabajadores del Estado Lara.
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD CIVIL RUTA 15
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: MARCO ANTONIO APONTE, IPSA N° 48.747
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 8 de Abril de 2008, siendo las diez de la mañana (10:00 AM), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, comparecen por ante este Tribunal, por la parte demandada SOCIEDAD CIVIL RUTA 15, su apoderado judicial Abogado MARCO ANTONIO APONTE, IPSA N° 48.747. En este estado el Tribunal deja expresa constancia de que anunciado como fue el acto por el alguacil JOSE ANTONIO MARQUEZ la parte actora, JOSE ALEJANDRO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.364.704 de este domicilio, no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 197° y 149°. Emítase copia.

La Jueza,

Abg. Yraima Betancourt


La parte compareciente La secretaria

Abg. Rosanna Blanco Lairet