Revisadas las actas que conforman el presente Asunto este Tribunal observa que el vehículo cuya devolución solicita el ciudadano Humberto José Peña Valenzuela, clase automóvil, marca Chevrolet, modelo Corsa, año 2000, color azul, placas DBD 95T, le fue retenido por presentar irregularidades en sus seriales.
Al ser peritado este vehículo, arrojó sus seriales desincorporados y suplantados, no pudiendo conocerse sus seriales originales; y al ser igualmente requerida información sobre las placas que dicho vehículo portaba, se informó y así consta en la Certificación de datos, que las mismas le pertenecen a un vehículo, marca Hyundai, modelo Elantra.
Con razón a lo anterior mal puede este Despacho Judicial hacer entrega de un vehículo cuya propiedad ha estado amparada en un documento que describe un automotor al que no se pudo determinar sus seriales y unas matrículas que no le fueron asignadas, lo que es lo mismo decir que posee el solicitante una documentación que no se corresponde con el vehículo al que hace referencia la misma.
En tal virtud, este Tribunal NIEGA LA ENTREGA DEL VEHÍCULO solicitado por el ciudadano antes citado, en los autos identificado, y acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Décima del Ministerio Público. OFÍCIESE. NOTIFÍQUESE. REMÍTANSE LAS ACTUACIONES. REGÍSTRESE Y CÚMPLASE.