REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
SALA DE JUICIO Nº 03
SAN CARLOS 20 DE SEPTIEMBRE DE 2006
196° Y 147°

En horas de despacho del día de hoy miércoles veinte (20) de septiembre de dos mil seis (2006), siendo las 10:30 a.m., comparece ante este Tribunal los ciudadanos YOVANA DEL CARMEN GUEVARA RODRIGUEZ, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11604145, y RUBEN EDUARDO CAMPOS OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.143.705, a fin de ser oídos con relación a la causa de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, a favor de CARLOS DANIEL CAMPOS GUEVARA signada ajo el Nº 6361. Presentes en este acto La Jueza Unipersonal de Juicio Nº 03 ABG. FANNY COROMOTO CASTRO MORENO, la Secretaria ABG. MARIA UBILERMA AGUILAR. Se le concede el derecho de palabra al ciudadano RUBEN EDUARDO CAMPOS OLIVEROS y expone “YO TRABAJO EN LA GOBERNACIÓN, YO ME COMPROMETO A PASARLE A MI HIJO POR CONCEPTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA LA CANTIDAD DE CIENTO TREINTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (135.000) MENSUALES A RAZÓN DE , LOS CUALES SERÁN DEPOSITADOS EN LA CUENTA DE AHORROS Nº 0105-0101640101266359, DEL BANCO MERCANTIL, LOS DÍAS QUINCE Y ÚLTIMO DE CADA MES, CON UN AUMENTO PROGRESIVO, CADA VEZ QUE SE ME AUMENTE MI SUELDO EN UN PORCENTAJE DEL DIEZ POR CIENTO (10%), EN CUANTO A LAS MEDICINAS EL ESTÁ INSCRITO EN EL S.S.O, Y TIENE HCM, EN CUANTO AL BONO ESCOLAR, ME COMPROMETO A COSTEAR EL CINCUENTA POR CIENTO (50%), DE LOS GASTOS, PARA EL MES DE DICIEMBRE, EL JUGUETE CORRE POR MI CUENTA Y PARA SUS ESTRENOS, ME COMPROMETO A CANCELAR LA CANTIDAD DE CINCUENTA POR CINTO (50%) DE LOS GASTOS” Se le concede el derecho de palabra a la ciudadana YOVANA DEL CARMEN GUEVARA RODRIGUEZ y expone “ESTOY DE ACUERDO CON LAS PROPUESTAS REALIZADAS POR EL PADRE DE MI HIJO“. Este Tribunal, oída la exposición de las partes, considerando que los acuerdos a los que los mismos han llegado no son contrarios al interés superior del niño: CARLOS DANIEL CAMPOS GUEVARA, sino por el contrario satisfacen sus derechos, y contribuyen a su desarrollo integral de conformidad con el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, es por lo que ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA LOS ACUERDOS DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en los mismos términos planteados en el presente acto y al respecto procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada formal. Es Todo. Se da por concluido el acto siendo las 11:20 AM de la mañana, es todo, terminó, se leyó y conforme firman.
JUEZA UNIPERSONAL DE JUICIO Nº 03

ABG. FANNY COROMOTO CASTRO MORENO
LOS COMPARECIENTES:

YOVANA DEL CARMEN GUEVARA RODRIGUEZ


RUBEN EDUARDO CAMPOS OLIVEROS


LA SECRETARIA

ABG. MARIA UBILERMA AGUILAR
FCM/MUA/paulina
EXP. N° 6361