REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Los Rastrojos, 23 de Octubre de 2006
Años: 196° y 147°.-
Expediente N°: 1034-06
Demandante: ABOG. LENIN JOSE COLMENAREZ LEAL (Apoderado de la Firma Mercantil REFRIGERACIÓN FERREIRA C.A.)
Demandado: JALET KAROUNI EL KONTAR

Visto el convenimiento cursante a los folios 22 y 23 del presente expediente, suscrito por el Abogado en ejercicio LENIN JOSE COLMENAREZ LEAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.464, parte demandante en el presente juicio, y el Abogado en ejercicio RAFAEL ANGEL PAEZ LINAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.217, en su carácter de Apoderado de la parte demandada, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley imparte su HOMOLOGACION, en los mismos términos expresados por las partes involucradas en el presente proceso. En consecuencia se suspende la Medida Preventiva de Embargo decretada por este Juzgado en fecha 11-04-06. A tales efectos, ofíciese lo conducente al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas del Estado Lara, con el objeto de que remitan en el estado en que se encuentran, las actuaciones relacionadas con la referida medida. De igual manera, expídanse copias certificadas de los folios 22 y 23, y del presente auto, entréguense al interesado. Cúmplase una vez consignadas las copias fotostáticas para su debida certificación.-
La Juez Provisorio.,


Abog. Antonio J. Illarramendi M. La Secretaria.,


Abog. Juana Goyo.
Seguidamente se cumplió lo ordenado, se libró oficio N° 296-1099
La Secretaria.,

Abog. Juana Goyo.