REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
SALA DE JUICIO Nº 03
SAN CARLOS 10 DE OCTUBRE DE 2006.
196° y 147°

I
DEMANDANTE: Consejo de Protección del Niño y del adolescente del Municipio Rómulo Gallego del Estado Cojedes a solicitud del ciudadano FRANCISCO LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.770.372.
DEMANDADA: OLIVIA CAROLINA PINTO RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.441.994.
DESCENDIENTE: XXXXXXXXXXXXXXX, de seis (06) años de edad.
MOTIVO: COLOCACION FAMILIAR
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
EXPEDIENTE: 6406

Vistas las actuaciones que anteceden en la presente causa, que por COLOCACION FAMILIAR, cursa ante este Tribunal, signada bajo el Nº 6406, interpuesta en fecha dieciocho (18) de septiembre de dos mil seis (2006), por el Consejo de Protección del Niño y del adolescente del Municipio Rómulo Gallego del Estado Cojedes, actuando en beneficio de la niña XXXXXXXXXXXXXXX, de seis (06) años de edad a solicitud del ciudadano FRANCISCO LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.770.372, en contra de la ciudadana OLIVIA CAROLINA PINTO RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.441.994. Ahora bien, por cuanto en la revisión exhaustiva de las actas procesales, que conforman el presente expediente, se puede evidenciar que la parte acciónante no subsanó las omisiones señaladas en el auto de fecha veintidós (22) de septiembre de dos mil seis (2006), que riela al folio cuarenta y nueve (49) del presente expediente, es por lo que, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: DESISTIDO el presente procedimiento. Así se decide.
Regístrese y Publíquese.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Juicio Nº 03 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en San Carlos, a los diez (10) días del mes de octubre de dos mil seis (2006).
JUEZA UNIPERSONAL DE JUICIO Nº 03

ABG. FANNY COROMOTO CASTRO MORENO.

SECRETARIA

ABG. MARIA UBILERMA AGUILAR


La presente decisión fue dictada y publicada en la sede del despacho de la sala de juicio Nº 03, siendo las nueve de la mañana (09:00am) del día de hoy; quedando asentada bajo el Nº 264 .-

SECRETARIA

Abg. MARIA UBILERMA AGUILAR

EXP.6406
FCM/MUA/Jose.-*