REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
SECCION ADOLESCENTES.

SAN CARLOS, 09 DE OCTUBRE DE 2.006.-
196º Y 147º


Por recibida, la Causa Original No 1C-1243-06, Constante de Doscientos Cincuenta y un (251) folios útiles, emanada del Tribunal Primero en Función de Control de la Sección Adolescentes Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, seguida al joven adulto (Se omite identidad de conformidad con el articulo 65, parágrafo 2° de la Lopna), en donde se encuentra definitivamente firme la DECISION DICTADA, en fecha 27-09-06, en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 458 en relación con el articulo 83 del Código Penal Vigente, en virtud de haberse Declinado la Competencia a este Despacho y ordenado a continuar con la sanción de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de DIEZ MESES (10) y VEINTISIETE (27) DÍAS, en este Estado.- Se procede en este día a darle entrada y anotarse en el libro de causas correspondiente. Así mismo, se acuerda fijar la Audiencia Oral y Privada, para el día MIERCOLES 11 DE OCTUBRE DEL 2.006 A LAS 02:00 PM, a los fines de imponer al sancionado de la presente decisión. Notifíquese a la Defensa, al Fiscal del Ministerio Público y al joven sancionado. Téngase para Decidir.- Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN



GERMAN ALFREDO BREA ROJAS



EL SECRETARIO,



ABG. JOSE ANTONIO BECERRA ALETA




En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 1E-167-06.-

(Sctría).-

CAUSA N° 1E-167-06.
GBR/JABA/vv.-