REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
SECCION ADOLESCENTES

SAN CARLOS 31 DE OCTUBRE DE 2006
196° y 146°

JUEZ DE EJECUCION: ABG GERMAN ALFREDO BREA ROJAS
SECRETARIO: ABG JOSE ANTONIO BECERRA ALETA
FISCAL: MANUEL MARTINEZ
DEFENSOR PUBLICO: ABG INGRID PEREZ
SANCIONADOS: (Se omite identidad de conformidad con el articulo 65, parágrafo 2° de la Lopna)
DELITO: ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD
CAUSA N° 1E-168-06

En el día de hoy 31 DE OCTUBRE DE 2.006, siendo las 11:00 am, se constituye el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de esta Sección de Responsabilidad Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, presidido por el Juez ABG. GERMAN ALFREDO BREA ROJAS, y el Secretario de sala ABG. JOSE ANTONIO BECERRA ALETA, a los fines de llevar a cabo la audiencia que fue diferida en horas de la mañana de este mismo día, y la cual tiene como fin de imponer al sancionado (Se omite identidad de conformidad con el articulo 65, parágrafo 2° de la Lopna), de la Ejecutoria de la sanción de PRIVACION DE LIBERTAD por el lapso de SEIS (6) MESES Y LIBERTAD ASISTIDA por un lapso de UN (01) AÑO y SEIS (6) MESES, por haberse demostrado su responsabilidad penal en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, de conformidad con lo establecido en el articulo 458, 272 Y 218 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente, la cual culminará en fecha 09 de MARZO del año 2.007. Seguidamente la secretaria del Tribunal pasa a dejar constancia de la comparecencia del Fiscal Quinto del Ministerio Público, ABG. MANUEL MARTINEZ de la comparecencia de la Defensora Pública Especializad, ABG. INGRID PEREZ MARTINEZ y de la comparecencia de los sancionados(Se omite identidad de conformidad con el articulo 65, parágrafo 2° de la Lopna). Asi mismo se le concede el derecho de palabra al ciudadano (Se omite identidad de conformidad con el articulo 65, parágrafo 2° de la Lopna) previa lectura de sus derechos constitucionales y legales relativos a su declaración quien solicito el derecho de palabra y expuso lo siguiente: “no tengo nada que declarar estoy conforme. Es Todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano (Se omite identidad de conformidad con el articulo 65, parágrafo 2° de la Lopna) previa lectura de sus derechos constitucionales y legales relativos a su declaración quien al efecto expuso: No tengo nada que declarar estoy conforme. Es Todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Publico ABG MANUEL MARTINEZ quien expone: el ministerio público considera que la ejecución de la sanción esta ajustada a derecho por lo cual manifiesta su conformidad con la misma. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Defensa Publica especializada quien al efecto expone: Estoy conforme con la medida impuesta por este tribunal de ejecución y solicito que una vez culmine las mismas se decrete la cesación de dichas sanciones de conformidad con el literal H del articulo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente. Es Todo. Este tribunal en virtud de que se logro la finalidad de la presente audiencia como lo es la imposición de la Sanción de Privación de Libertad y Libertad Asistida, en consecuencia ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. ACUERDA: PRIMERO: Imponer a los adolescentes (Se omite identidad de conformidad con el articulo 65, parágrafo 2° de la Lopna), de la sanción de PRIVACION DE LIBERTAD por el lapso de SEIS (6) MESES Y LIBERTAD ASISTIDA por un lapso de UN (01) AÑO y SEIS (6) MESES, la cual culmina la privación de libertad en fecha 09 de marzo de 2007 y de la libertad asistida en fecha 09 de septiembre de 2008, debiendo los adolescentes someterse a las evaluaciones y controles establecidos por la coordinación de libertad asistida. Librese boleta de reingreso SEGUNDO: Ofíciese lo conducente al Servicio de Libertad Asistida del INAM del Estado Cojedes, a los fines de que realice el plan individual de los sancionados, así mismo debe esta unidad de libertad Asistida informarle a este Tribunal de manera mensual sobre el cumplimiento de dicha sanción. Así se decide. Diarícese cúmplase. Termino se leyó y conformes firman siendo las 11:25 AM del mismo día.
EL JUEZ EN FUNCION DE EJECUCION


ABG. GERMAN ALFREDO BREA ROJAS

FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO

ABG. MANUEL MARTINEZ



LA DEFENSORA PÚBLICA

INGRID PEREZ MARTINEZ

LOS SANCIONADOS




EL SECRETARIO


ABG. JOSE ANTONIO BECERRA ALETA






















CAUSA N° 1E-168-06.
GABR/DMF.