REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO AGRARIO
DE LOS ESTADOS ARAGUA, CARABOBO Y COJEDES.
San Carlos, 03 de Octubre de 2006.
196º y 147º
Vista la diligencia de fecha 02-10-06, folio 418, suscrita por el profesional del derecho MAURO MEJIAS, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.951, quien actúa con el carácter de Procurador Agrario del Estado Carabobo y de representante legal de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA (JOSCRUBOL), donde solicita convocar a las partes para un acto de audiencia conciliatoria; en consecuencia este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, fija una audiencia conciliatoria la cual se verificará una vez conste en actas la notificación de las partes de la presente causa, para el tercer (3er.) día de Despacho siguiente, a las diez de la mañana (10:00 a.m.). Asimismo por cuanto la parte actora tiene fijado como domicilio procesal el Estado Miranda, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda e igualmente se comisiona al Juzgado del Municipio Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, para la notificación de la parte demandada. Líbrese Despacho, boletas de notificación y junto con oficio remítanse a los comisionados.
El Juez,
Abg. DOUGLAS GRANADILLO PEROZO.
La Secretaria,
Abg. MARIA CRISTINA CAMARGO R.
EXP. Nº 577-06.-
DGP/ndg.-