REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
SECCION ADOLESCENTES


SAN CARLOS, 10 DE NOVIEMBRE DE 2006.
196° Y 147°


Por cuanto se recibió oficio Nro., 203, de fecha 01/11/2.006, emanado por la Jefe del Centro Socio Educativo “Fray Pedro de Berjas”, Lic. Grisel Collins; mediante el cual informa a este Tribunal que el adolescente (Se omite identidad de conformidad con el articulo 65, parágrafo 2° de la Lopna), quien se encuentra cumpliendo sanción privativa de libertad en la Causa distinguida con el N° 1E-168-06, por los delitos de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; no cuenta con cédula de identidad laminada porque se le extravió, motivo por el cual la directora procedió a solicitar autorización por parte de este Tribunal a los fines de que el adolescente sea trasladado hasta la sede de la oficina de la ONIDEX de esta Ciudad, con el objeto de tramitar dicho documento; es por lo que este Tribunal acuerda autorizar el traslado con las seguridades del caso del adolescente hasta la sede de la oficina de la ONIDEX San Carlos, con el objeto de tramitar dicho documento, acordándose igualmente librar los oficios respectivos; en consecuencia ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: UNICO: Autorizar el traslado con las seguridades del caso del adolescente (Se omite identidad de conformidad con el articulo 65, parágrafo 2° de la Lopna), hasta la sede de la oficina de la ONIDEX San Carlos, con el objeto de tramitar la cédula de identidad, acordándose igualmente librar los oficios respectivos tanto a la ONIDEX como al C.S.E. “Fray Pedro de Berjas”. Así se decide.
EL JUEZ TITULAR EN FUNCIONES DE EJECUCION:


GERMAN ALFREDO BREA ROJAS.


EL SECRETARIO:


ABG. JOSE ANTONIO BECERRA ALETA.



En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
(Sctría).-


CAUSA N° 1E-168-06.
GABR/JABA/vv.-*