REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL ESTADO COJEDES
SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE


En el día de hoy, 29 DE NOVIEMBRE DE 2.006, en la ciudad de San Carlos, siendo las 10:30 a.m., se constituyó en SESION PRIVADA el Tribunal de Juicio de la Sección de Adolescente con la presencia de la Jueza Temporal de Juicio Nº 1 ABG. YOLIMAR MARQUEZ AVENDAÑO, el Secretario de Sala ABG. VICTOR DARIO DAYAR NARVAEZ, así como la jefa de la Oficina de Participación Ciudadana LIC. RUTH DELFIN, siendo el día y la hora fijada para llevar a cabo la realización del SORTEO EXTRAORDINARIO DE ESCABINOS en la Causa Nº 1-M-108-06, incoada por el Ministerio Público del Estado Cojedes, representado por el Fiscal Quinto del Ministerio Público ABG. ANDRES BARRIOS MAZA, contra el adolescente acusado Identidad que se omite de conformidad con el articulo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y ROBO A VEHÍCULO DE TRANSPORTE COLECTIVO, en perjuicio del ciudadano: SUMOZA LUIS ENRIQUE. Verificada la presencia de las partes previamente notificadas, se deja constancia de la incomparecencia del Fiscal Quinto Especializado ABG. ANDRES BARRIOS, de la incomparecencia del defensor Privado ABG. OSWALDO RIOS, la incomparecencia de la victima SUMOZA LUIS ENRIQUE, la comparecencia de la Jefe de Participación Ciudadana LIC. RUTH DELFIN, comparecencia del ciudadano acusado identificado en autos. Vista la incomparecencia del Fiscal Quinto Especializado ABG. ANDRES BARRIOS, del defensor Privado ABG. OSWALDO RIOS y de la víctima SUMOZA LUIS ENRIQUE, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES DE LA SECCIÓN ADOLESCENTES, ACUERDA: PRIMERO: DIFERIR la presente audiencia y fijar nueva oportunidad para la celebración de la misma la cual tendrá lugar el día MIERCOLES 06 DE DICIEMBRE DE 2006 a las 10:00 a.m. SEGUNDO: Notifíquese al Fiscal Quinto del Ministerio Público, al Defensor Privado ABG. OSWALDO RIOS y a la victima. Líbrese la correspondiente boleta de reingreso y traslado hasta el lugar de detención domiciliara. Líbrese oficio al Instituto Autónomo de Policía del Estado Cojedes. Así se decide. Es todo. Se terminó. Se leyó y conformes firman, siendo las 11:00 a.m.

LA JUEZA TEMPORAL EN FUNCIONES DE JUICIO



ABG. YOLIMAR MARQUEZ AVENDAÑO.



JEFE DE PARTICIPACION CIUDADANA

LIC. RUTH DELFIN



EL ACUSADO





EL SECRETARIO

ABG. VICTOR DARIO DAYAR NARVAEZ




CAUSA Mª 1-M-108-06
YMA/Vd.