REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
SECCIÓN ADOLESCENTES


SAN CARLOS, 23 DE NOVIEMBRE DE 2.006.
196º Y 147º

Por cuanto en fecha 22 de Noviembre de 2.006 se le dio entrada a la Causa N° 1M-110-06, seguida contra el Adolescente: Identidad que se omite de conformidad con el articulo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN PRESUNTA, ordenándose conocer la misma como Tribunal Mixto y virtud de que se hace necesario la escogencia de los ciudadanos escabinos que conformaran el Tribunal que conjuntamente con la ciudadana Jueza profesional han de decidir la presente Causa. Es por ello que lo prudente es fijar la oportunidad para llevar a cabo la celebración del SORTEO ORDINARIO DE ESCABINOS, que tendrá lugar el día JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 2.006, a las 2:00 p.m. Asimismo, de conformidad con lo pautado en el Artículo 585 Ley Orgánica para La Protección del Niño y del Adolescente, se fija para el día MARTES 19 DE DICIEMBRE DE 2.006, a las 9:00 a.m. la ocasión para llevar a cabo la celebración del JUICIO ORAL Y PRIVADO. En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: fijar la oportunidad para llevar a cabo la celebración del SORTEO ORDINARIO DE ESCABINOS, para el día JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 2006, a las 2:00 p.m., en la Causa N° 1M-110-06, seguida contra el adolescente: Identidad que se omite de conformidad con el articulo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Igualmente se fija para el día MARTES 19 DE DICIEMBRE DE 2.006, a las 9:00 a.m. la ocasión para llevar a cabo la celebración del JUICIO ORAL Y PRIVADO, en la presente investigación TERCERO: Notificar a las partes del presente auto y de la oportunidad para promover nuevas pruebas o reiterar las declaradas inadmisibles. CUARTO: Oficiar lo conducente a la oficina de Participación Ciudadana y al Servicio de Alguacilazgo, a los fines de proveer lo conducente en relación a la celebración del sorteo ordinario de Escabinos y el Juicio oral y privado en la presente Causa. Cúmplase y Diaricese.

LA JUEZA TEMPORAL EN FUNCIONES DE JUICIO.


ABG. YOLIMAR MARQUEZ AVENDAÑO.


LA SECRETARIA:

ABG. ANA MERCEDES BOSCÁN FLORES.


En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
(Sctría).-

CAUSA N° 1M-110-06.
MA/Alba Trestini.-