REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
SECCIÓN ADOLESCENTES.


SAN CARLOS, 22 DE NOVIEMBRE DE 2006.
196º Y 147º

Por recibidas las presentes Actuaciones, procedentes del Tribunal de Control de esta Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, en una (1) pieza, constante de CIENTO DIECINUEVE (119) folios útiles, la Causa distinguida por el referido Tribunal con el Nº 1C-940-06, seguida contra el adolescente: Identidad que se omite de conformidad con el articulo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN PRESUNTA y considerando que el Artículo 584 de la Ley Orgánica Para La Protección Del Niño y del Adolescente, establece que el Tribunal Mixto solo regirá cuando la sanción solicitada en la Acusación sea la Privativa de Libertad; medida que fue solicitada por la Representación Fiscal contra el mencionado Acusado, quien actualmente se encuentra en libertad sin ningún tipo de restricción personal; por tanto, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA conocer la presente Causa como TRIBUNAL MIXTO. Désele entrada. Notifíquese a las partes. Se tiene para decidir.
LA JUEZA TEMPORAL EN FUNCIONES DE JUICIO:



ABG. YOLIMAR MARQUEZ AVENDAÑO.


LA SECRETARIA:

ABG. ANA MERCEDES BOSCÁN FLORES.


En la misma fecha se le dio entrada a la Causa bajo el Nº 1M-110-06.
(Stría).-

CAUSA N° 1M-110-06.
NVA/alba.-*