REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
SECCIÓN ADOLESCENTES


SAN CARLOS, 25 DE ABRIL DE 2.006.-
195º Y 147º

Por cuanto en fecha 21 de Abril de 2.006 se recibió y se le dio entrada a la Causa N° 1M-103-06, seguida contra el Adolescente: (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65, PARÁGRAFO 2DO. DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, ordenándose conocer la misma como Tribunal Mixto y virtud de que se hace necesario la escogencia de los ciudadanos escabinos que conformaran el Tribunal que conjuntamente con la ciudadana Jueza profesional han de decidir la presente Causa. Es por ello que lo prudente es fijar la oportunidad para llevar a cabo la celebración del SORTEO ORDINARIO DE ESCABINOS, que tendrá lugar el día MARTES 02 DE MAYO DEL PRESENTE AÑO, a las 10:00 a.m. Asimismo, de conformidad con lo pautado en el Artículo 585 Ley Orgánica para La Protección del Niño y del Adolescente, se fija para el día MARTES 23 DE MAYO DE 2.006, a las 9:00 a.m. la ocasión para llevar a cabo la celebración del JUICIO ORAL Y PRIVADO. Y vista la solicitud formulada por la Abg. Ingrid Brigitte Pérez Martínez, la cual corre inserta al folio 128 de la presente Causa, en la que requiere de este Tribunal se oficie lo conducente al equipo multidisciplinario de esta Sección de Adolescentes, a los fines de que se practique una evaluación Psicológica al mencionado Adolescente y por cuanto dicha solicitud se encuentra ajustada a derecho, se acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: fijar la oportunidad para llevar a cabo la celebración del SORTEO ORDINARIO DE ESCABINOS, para el día MARTES 02 DE MAYO DEL PRESENTE AÑO, a las 10:00 a.m., en la Causa N° 1M-103-06, seguida contra el adolescente (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65, PARÁGRAFO 2DO. DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO. SEGUNDO: Igualmente se fija para el día MARTES 23 DE MAYO DE 2.006, a las 9:00 a.m. la ocasión para llevar a cabo la celebración del JUICIO ORAL Y PRIVADO, en la presente investigación TERCERO: Oficiar lo conducente a la Psicólogo del Equipo Multidisciplinario de esta Sección de Adolescentes a objeto de que le sea practicada una evaluación Psicológica al adolescente en referencia. CUARTO: Notificar a las partes del presente auto y de la oportunidad para promover nuevas pruebas o reiterar las declaradas inadmisibles. CUARTO: Oficiar lo conducente al Equipo Multidisciplinario de esta Sección de Adolescentes; la oficina de Participación Ciudadana y al Servicio de Alguacilazgo, a los fines de proveer lo conducente en relación a la celebración del sorteo ordinario de Escabinos y el Juicio oral y privado en la presente Causa. Así se decide. Cúmplase y Diaricese.

LA JUEZA TITULAR EN FUNCIONES DE JUICIO.


ABG. NELVA VALECILLOS ALVARADO.


LA SECRETARIA:

ABG. ROSSMARIANGEL NAVARRO.

En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
(Sctría).-
CAUSA N° 1M-103-06.
NVA/Alba Trestini.-