REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCION CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
SAN CARLOS - ESTADO COJEDES

San Carlos, 04 de Mayo de2006
196° y 147°

Vista como ha sido la decisión de esta misma fecha en la cual ordena realizar nuevo computo de la pena, del condenado: EDGAR RAMON NOVELLINO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.530.184, a quien se le sigue la Causa Penal N° 1E-552-04, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, el cual fue sentenciado a cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS DE PRESIDIO. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal procede a realizar el nuevo cómputo de la pena. Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución en Nombre de la Republica Bolivraia de Venezuela y por Autoridad de Ley acuerda actualizar el computo.
Ahora bien, del estudio de las actas procesales que conforman la presente causa, se desprende que el ciudadano EDGAR RAMON NOVELLINO, fue privado de su libertad en día 23/09/2003; encontrándose en esa condición hasta la presente fecha, por lo que se desprende, que dicho penado ha purgado de la pena impuesta hasta el día de hoy: DOS (2) AÑOS SIETE (7) MESES Y TRECE (13) DIAS, faltándole por cumplir la pena de TRES (3) AÑOS, CUATRO (4) MESES Y DIECISIETE (17) DIAS; pena que deberá culminar en fecha: 22/09/09. Dicho penado podrá optar a las Formulas Alternativas de Cumplimiento de Pena luego de haber estado privado de su libertad, por el tiempo requerido por el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal
EL JUEZ DE EJECUCIÓN


ABG. ROMELIA COLLINS FERNANDEZ


LA SECRETARIA DE EJECUCIÓN
ABG. ELBA X. FAGUNDEZ


En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo acordado.-
(Sctria.)